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 #902640  por debo15
 
Hola a todos, soy nueva en este foro. Ademas soy nueva en la profesion, hace un año que estoy en esto y solo me han llegado caso familiares hasta que hace unos dias me llego MI PRIMER CASO LABORAL.
ELLA ES UNA EMPLEADA DOMESTICA, QUE TRABAJO 4 AÑOS (EN BLANCO) Y QUE FUE DESPEDIDA VERBALMENTE. MI PRIMER PASO FUE ENVIAR TLC PARA QUE ACLARE SITUACION LABORAL Y PARALELO CONFECCIONE UNA LIQUIDACION. MI DUDA ES SABER SI LA HICE BIEN .
PUESTO: EMPLEADA DOMESTICA.
ANTIGUEDAD:4 AÑOS
SUELDO 3450 (FUE EL MES QUE COBRO MAS DINERO
)
Yo la liquidacion la hice en base a estos rubros:
INDEMNIZACION POR ANTIGUEDAD.
VACACIONES
PREAVISO
AGUINALDO
MES DE OCTUBRE (por q no fue abonado a la fecha).-
ME PODRIAN DECIR SI ESTA BIEN LIQUIDADO? NO QUISIERA PASAR VERGUENZA AL PELEAR UN MONTO QUE NO CORRESPONDE.
MUCHAS GRACIAS!!!
 #902651  por eltam88
 
debo15 escribió:Hola a todos, soy nueva en este foro. Ademas soy nueva en la profesion, hace un año que estoy en esto y solo me han llegado caso familiares hasta que hace unos dias me llego MI PRIMER CASO LABORAL.
ELLA ES UNA EMPLEADA DOMESTICA, QUE TRABAJO 4 AÑOS (EN BLANCO) Y QUE FUE DESPEDIDA VERBALMENTE. MI PRIMER PASO FUE ENVIAR TLC PARA QUE ACLARE SITUACION LABORAL Y PARALELO CONFECCIONE UNA LIQUIDACION. MI DUDA ES SABER SI LA HICE BIEN .
PUESTO: EMPLEADA DOMESTICA.
ANTIGUEDAD:4 AÑOS
SUELDO 3450 (FUE EL MES QUE COBRO MAS DINERO
)
Yo la liquidacion la hice en base a estos rubros:
INDEMNIZACION POR ANTIGUEDAD.
VACACIONES
PREAVISO
AGUINALDO
MES DE OCTUBRE (por q no fue abonado a la fecha).-
ME PODRIAN DECIR SI ESTA BIEN LIQUIDADO? NO QUISIERA PASAR VERGUENZA AL PELEAR UN MONTO QUE NO CORRESPONDE.
MUCHAS GRACIAS!!!
Los rubros son los pertinentes.
Ahora igual debes esperar la respuesta de la empleadora, luego a partir de allí ver como seguís.
 #902652  por eltam88
 
También lo que se suele reclamar es dif salarial, comparando las escalas salariales de domésticos y viendo cuanto se le abonaba.
 #902836  por GU
 
Y tene presente que las indemnizaciones no se rige por la LCT, sino por los decretos reglamentarios correspondientes.

Salutes!
 #902842  por Tyo83
 
Estimada Debo:

Podrás indicarme fecha de ingreso y egreso?

Por otro lado, la diste por despedida? Que obtuviste como respuesta al TCL?

Saludos!
 #903111  por gabriela78
 
Coincido con GU las indemnizaciones por antiguedad segun el decreto es distinta que la LCT creo que va al %50, igual que el preaviso, es de 15 dias, por favor lee el decreto no quiero confundirte, pero el regimen de servicio domestico al igual que el de la construccion, entre otros son regimenes especiales que establecen indemnizaciones distintas a la lct, (por ejemplo la construccion no tiene indemnizacion por despido, para ello existe el fondo de desempleo) saludos.-
 #904058  por debo15
 
Hola A todos, perdoon la demora en responder, pero estaba de viaje . Gabriela, tenes razon, la indeminizacion es medio sueldo por año de trabajo. Segun el decreto que rige para el servicio domestico.
Lo que ellos ofrecieron es por debajo de lo que me dio la liquidacion. Veremos que pasa, hay que tener en cuenta que la contraparte es una persona del espectaculo y hay que lidiar con los caprichos poco felices y carentes de sentido de esa persona.
Por lo pronto gracias por la mano que me han dado. Voy a ver si hay alguna diferencia salarial respecto al servicio domestico.-