Hola estimados foristas, nos surgio una duda con mi colega (somos abogados recien recibidos) la cual es la siguiente: para la multa del art 2 de la ley 25323, no sabemos si incluir la suma que nos da de la ind del art 245 además de las del 232 y 233 lct, o solo el 25% de la misma que corresponde a la indemnizacion por clientela sustituyendo a la del 245 (es un viajante de comercio). Muchas gracias!!!
