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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #897426  por Ro2012
 
Hola gente linda! Hablando de burradas.... Tengo un caso de fraude x monotributo. despues que mi clienta cobre la liquidacion final, (por supuesto no le van a pedir la renuncia ni va a ministerio), voy a iniciar el intercambio. El tema es que no se si si en los telegramas tengo que hacer alguna mencion especifica a la situacion de fraude. Las multas, el registro todo bien, pero no se si tengo que aludir en el mismo tel que la empleada aunque sujeta al regimen de monotributo estaba en relacion de dependencia (se dan los tres tipos y tengo testidgoa para tirar al techo). Como lo implemento en caso de que sea nacesario?? Gracias por la ayuda!!!
 #897428  por Ro2012
 
vale= testigos.
 #897535  por eltam88
 
Si esta como monotributista esta en negro. Por lo tanto debes intimar a que la registren y reclamar todo lo que le corresponde como trabajadora.
Es un claro supuesto de fraude a la normativa laboral art. 14 LCT entre otros, jugando en el caso el ppio de la primacía de la realidad.
 #897583  por Ro2012
 
Hola Maestro... No, lo que necesitaria saber es si en los telegramas tengo que aludir a la situacion de fraude, es decir, agregar un parrafito describiendo la situacion, dependencia, art 14, etc, ademas de reclamar toooodo lo habido y por haber, las multas que existen y las que no. Por cierto, te dan pelota en Mercedes con estas cosas?
 #897592  por eltam88
 
Mencionalo o no es lo mismo. Podés esperar y si ellos te lo hacen notar en su CD ahí replicas. Si acreditas el fraude la demanda debe prosperar donde sea.
 #897593  por Ro2012
 
Muchisimas gracias, como siempre!!!!
 #897725  por sanjuanino
 
eltam88 escribió:Si esta como monotributista esta en negro. Por lo tanto debes intimar a que la registren y reclamar todo lo que le corresponde como trabajadora.
Es un claro supuesto de fraude a la normativa laboral art. 14 LCT entre otros, jugando en el caso el ppio de la primacía de la realidad.
convengo absolutamente
Ro2012 escribió: lo que necesitaria saber es si en los telegramas tengo que aludir a la situacion de fraude, es decir, agregar un parrafito describiendo la situacion, dependencia, art 14, etc, ademas de reclamar toooodo lo habido y por haber, las multas que existen y las que no.
Primero y sobre todo, intima a la registracion por la 24013. Lo demás no es necesario en el intercambio en esta situación.

Una pregunta, vas a intimar a la registración y al pago de multas después de que te pagen una indemnización por fuera?
 #897799  por Ro2012
 
,No, la clienta renuncio verbalmente y le estan haciendo la lquidacion final por renuncia. No va a ministerio, por circunstancias especiales. Apenas cobra mando intimacion por ley 24013 y todo lo que encuentre. Por eso quiero saber si en el primer o segundo telegrama tengo que hacer alusion a las notas de dependendecia, al art 14, etc, porque tengo miedo de que me saquen volando si no lo condigno en los TCL. Por cierto, intimo a la empleadora anterior, a la srl, al gerente, puedo al apoderado que es un forro? Y una a la afip por cada? Voy a tener que ie al correo 10 veces, te dan de a 3....
 #897842  por Ro2012
 
Che, puedo intimar al apoderado? Me interesa porque tiene a su nombre varios bienes de la empresa.... Pero lei la LSC y no encuentro fundamento.....
 #897843  por Ro2012
 
Y perdon por las palabras mal escritas, escribir desde el celu es superior a mi capacidad....
 #898189  por sanjuanino
 
Hay querida Romina.....
como pones a prueba mi paciencia....
Por un lado, si le van a liquidar importes por una renuncia, seguramente lo harán mediante un convenio de extinción de relación laboral o exigiendo el envío de telegrama por parte de la trabajadora. Sino, en que concepto imputarían los montos que le darían?
Aún si le liquidaran estos montos de palabra (es decir, sin documentación que avale la renuncia o la extinción) es de muy mala práctica morder al adversario luego de un avenimiento amistoso (en mi barrio se llama traición). No conozco bien el caso ni las cirscunstancias, pero en principio suena a eso.
Por último, para que puedas intimar y demandar por la 24013 la relación debe estar vigente al momento de la intimación, lo que no se configuraría en tu caso si el empleador hace las cosas como corresponde.
Y si intimas a su registración después que te hayan dado los importes por liquidación en mano y de palabra..... eso ya es muy sucio :oops:
Insisto en no conocer las cirscunstancias del caso, pero por lo que expones así suena
 #898375  por GU
 
Ro2012 escribió:,No, la clienta renuncio verbalmente y le estan haciendo la lquidacion final por renuncia. No va a ministerio, por circunstancias especiales. Apenas cobra mando intimacion por ley 24013 y todo lo que encuentre. Por eso quiero saber si en el primer o segundo telegrama tengo que hacer alusion a las notas de dependendecia, al art 14, etc, porque tengo miedo de que me saquen volando si no lo condigno en los TCL. Por cierto, intimo a la empleadora anterior, a la srl, al gerente, puedo al apoderado que es un forro? Y una a la afip por cada? Voy a tener que ie al correo 10 veces, te dan de a 3....
Mas alla de todo, yo tendria cuidado con que vaya a cobrar la liquidacion final, particularmente respecto a si entrega factura y por que conceptos. No vaya a ser que con eso acrediten que la relacion se extinguio y con eso chau 24013. Es dificil pero puede pasar.

Al apoderado, solo por apoderado y forro, no le cabe la solidaridad. Si hay algo mas... quizas...

Salutes!
 #899834  por Ro2012
 
Hola Mario!! Teneme paciencia, vos me dijiste que me ibas a sacar buena. Estudio mucho para eso. La trabajadora se fue caliente, despues de uno de los maltratos del empleador. Queria nada mas que la liquidacion final. Le dije que no, que reclame minimo indemnizacion por despido. Llama la abogada de la otra parte para ir a firmar en media hora a una escribania por la liquidacion por renuncia. Sin saber que hacer, llame a un colega del foro, que a pesar de que estaba con gente me dio una idea del tema (no lo voy a nombrar porque no le pedi permiso, pero es uno de los que mas colabora en el foro). Cuestion que la empleada le dice que no firma nada y que le ofrezcan algo respetable, despues de bancarse a ese pelotudo 7 años, con monotributo, sin licencias por enfermedad, etc, todo lo que implica. 20 minutos despues llama la abogada ofreciendo casi 6 veces mas. No es la liquidacion completa, pero es en 6 pagos, creo que esta bien. Ahora, y te vas a morir de risa, la lleva a una escribania y le hace firmar un acta diciendo " que como la trabajadora reclamaba relacion laboral, sin reconocer bla bla, le abonaban tanta plata en tantas cotas, la primera al momento, el resto pagares. Ahi se termino. Ni ministerio ni juzgado. Creo que sabe tanto de laboral como yo de planchado. Mañana retiro copia del acta, pero no lo puedo creer todavia. Ya se que la 24013 no va, pero una vez abonados los pagares (antes tambien, pero mejor esperar y ver si ella quiere) hay cosas para reclamar. Y con respecto al avenimiento amistoso el tipo es un garca, que hizo mucha plata explotando a trabajadores (plusvalia le decian). Monotributo al empleado es fraude, que deja al empleado sin protecciones de ningun tipo. Y me parece humildemente que eso tenemos que combatir.Pero es un debate largo. Va de nuevo: no seas malo y teneme paciencia!!! Besotes, Romina
 #899835  por Ro2012
 
GU escribió:
Ro2012 escribió:,No, la clienta renuncio verbalmente y le estan haciendo la lquidacion final por renuncia. No va a ministerio, por circunstancias especiales. Apenas cobra mando intimacion por ley 24013 y todo lo que encuentre. Por eso quiero saber si en el primer o segundo telegrama tengo que hacer alusion a las notas de dependendecia, al art 14, etc, porque tengo miedo de que me saquen volando si no lo condigno en los TCL. Por cierto, intimo a la empleadora anterior, a la srl, al gerente, puedo al apoderado que es un forro? Y una a la afip por cada? Voy a tener que ie al correo 10 veces, te dan de a 3....
Mas alla de todo, yo tendria cuidado con que vaya a cobrar la liquidacion final, particularmente respecto a si entrega factura y por que conceptos. No vaya a ser que con eso acrediten que la relacion se extinguio y con eso chau 24013. Es dificil pero puede pasar.

Al apoderado, solo por apoderado y forro, no le cabe la solidaridad. Si hay algo mas... quizas...

Salutes!
Si, la 24013 esta perdida, ni siquiera hubo intercambio, lastima lo del apoderado :( Gracias GU!!!!!!
 #899900  por sanjuanino
 
Ro2012 escribió:Hola Mario!! Teneme paciencia, vos me dijiste que me ibas a sacar buena. Estudio mucho para eso. La trabajadora se fue caliente, despues de uno de los maltratos del empleador. Queria nada mas que la liquidacion final. Le dije que no, que reclame minimo indemnizacion por despido. Llama la abogada de la otra parte para ir a firmar en media hora a una escribania por la liquidacion por renuncia. Sin saber que hacer, llame a un colega del foro, que a pesar de que estaba con gente me dio una idea del tema (no lo voy a nombrar porque no le pedi permiso, pero es uno de los que mas colabora en el foro). Cuestion que la empleada le dice que no firma nada y que le ofrezcan algo respetable, despues de bancarse a ese pelotudo 7 años, con monotributo, sin licencias por enfermedad, etc, todo lo que implica. 20 minutos despues llama la abogada ofreciendo casi 6 veces mas. No es la liquidacion completa, pero es en 6 pagos, creo que esta bien. Ahora, y te vas a morir de risa, la lleva a una escribania y le hace firmar un acta diciendo " que como la trabajadora reclamaba relacion laboral, sin reconocer bla bla, le abonaban tanta plata en tantas cotas, la primera al momento, el resto pagares. Ahi se termino. Ni ministerio ni juzgado. Creo que sabe tanto de laboral como yo de planchado. Mañana retiro copia del acta, pero no lo puedo creer todavia. Ya se que la 24013 no va, pero una vez abonados los pagares (antes tambien, pero mejor esperar y ver si ella quiere) hay cosas para reclamar. Y con respecto al avenimiento amistoso el tipo es un garca, que hizo mucha plata explotando a trabajadores (plusvalia le decian). Monotributo al empleado es fraude, que deja al empleado sin protecciones de ningun tipo. Y me parece humildemente que eso tenemos que combatir.Pero es un debate largo. Va de nuevo: no seas malo y teneme paciencia!!! Besotes, Romina
Asi expuesto el asunto, te doy la derecha y estoy contigo.
La metida de pata de tu contraparte es fenomenal.
Y definitivamente, si vas a salir buena.