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  • ME AYUDAN CON UNA LIQUIDACION LABORAL

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #898169  por VCZECHOWICZ
 
Estimados Colegas:

Tengo la cabeza en otro lado porque esta mi madre internada en UCO y la verdad que no puedo pensar, le explico el caso laboral y me pueden ayudar porque tengo la cabeza por otro lado y no puedo pensar bien y debo presentar la demanda si o si principio de la proxima semana:

Señor ingresa a trabjar el 11/03/2010 en empresa S.A. rubro Servicios de Bares y confiterias, la cuestion que la empresa utiliza el convenio colectivo de trabajo de pasteleros y no el de gastronomicos, no se porque, pero desde que abrieron en esa fecha es asi. El convenio es el 329/2000, la actividad del senor es de mozo, pero dentro del convenio figura como Dependiente de Salón.
El Sr. trabaja jornada completa porque la jornada de trabajo era asi, lunes a domingos con un franco por semana y el horario era 11:30 a 17 hs y de 20:00 a 01:00 hs. pero el empleador lo registro y le entregaba recibos por media jornada.
La escala salarial de Julio de 2012 del sindicato de pasteleros es de basico 4948 mas 693 suma no remunerativa.
Y el mejor sueldo que cobro el sr en los ultimos meses fue de 2739,56 (sdo basico 2254 + presentismo 315,56 + feriados 2 170 + asig no remunerativa 183,50 total 2739,56) a eso se le descuenta las cargas sociales.

Hay que calcular:
Falta abonar julio completo y parte de agosto 14/08/12 donde fue el ultimo telegrama donde se considera injuriado y despedido, esto es con respecto al sueldo.
Se lo intimo para que lo registre bien pero no paso nada por parte de la empresa.
Preaviso, vacaciones proporcional, sac proporcional, antiguedad es un 2 porciento a partir de cumplir el segundo año, esto segun convenio colectivo de trabajo, etc. etc. etc.

Derecho que lo asiste: Art 9, 10 y 15 de la ley 24.013
Art 231, 232, 233, 245 LCT con modificaciones de la Ley 25.877.
Agravantes de Leyes 24.013, 25.323 y 25.561 y complementarias.

En la carta la letrada que hizo el intercambio, porque esto me llego de rebote, intima a la empresa a que abone horas extras realizadas en exceso de la jornada legal a razon de 48 hs mensuales al 100 porciento durante toda la relacion laboral por el perido no prescripto. Y por ultimo extienda el certificado de trabajo conforme art 80 de la LCT.
Cosa que la empresa no cumplio.

Bueno si necesitan mas informacion se las paso, necesito una mano grande por parte de Uds. ya que lo voy hacer, pero quiero corroborarlo con algun otro colega porque tengo la cabeza en otro lado por el tema de mi mama. Gracias
Dario
 #898187  por Arbeiter
 
Hola colega descendiente de Szymon! (tengo un cuadro de él), "Złożenie do grobu" (copia, copia :lol: ) :
Imagen

Volviendo al tema, que estaba haciendo unos numeritos de tu liquidación,

*Si lo asiste el 9 de la 24013, faltaria qué fecha consigno el empleador.
*Faltaría saber qué salarios deberían haberle pagado desde el inicio de la relación laboral hasta junio 2012 (o sea cual es el salario convencional de esos periodos), para calcular la diferencia salarial de todo el 2011.
*Y si lo asiste el 10 de la 24013, faltaría saber qué diferencias hubo entre las registradas y las realmente percibidas por el trabajador para calcular ese rubro.
Otra cosita: ¿Le pagaban adicional por nocturnidad? ¿Por qué vas a reclamar sólo el período no prescripto? Digo porque yo reclamaría todo y de última que la demandada oponga la excepción de prescripción por lo anterior a 2 años...
 #898238  por VCZECHOWICZ
 
Estimado/a Arbeiter:

Gracias por ayudarme te voy contando, como este cliente me cayo de rebote, ya que no arme yo el intercambio epistolar, creo que la dra que lo hizo puso art incorrectos, por ejemplo el art 9 de la ley 24013 esta bien la fecha de ingreso con la que dice y esta en el recibo de sueldo es la misma es el 11/03/2010.
Respecto al Art 10 de la ley 24013, el empleador lo pasa al empleado como si trabajara media jornada cuando en realidad trabaja jornada completa, y le abonaba solo por media jornada, con esto te quiero decir que le aportaba la mitad pero el empleado cobraba la otra mitad en negro, no para nada, solo le pagaba la mitad del convenio y lo hacia trabajar por jornada completa, lo que sucede que el trabajador tenia que si o si trabajar porque debe pagar el alquiler entendes.
Por nocturnidad no le pagaba nada, en ningun recibo lo esta, solo figura sueldo basico, y en alguno presentismo, y en otros feriados y asig no remunerativa como lo detalle en el periodo de junio de 2012.

No se como le descontaba elpresentismo si no fichaba ni firmaba ningun libro, medio raro el contro, pero bueno.
No le abonaron el adicional por antiguedad que establece el convenio colectivo de trabajo de pasteleros.

ESCALA SALARIAL QUE ENCONTRE (DEPENDIENTE DE SALON)

JUNIO 2010 (190HS) $ 2656
DICIEMBRE 2010 (190HS) $ 3479
MAYO 2011 (190HS) $ 3665

MESES JULIO A NOVIEMBRE DE 2012
DEPENDIENTE DE SALON (190HS) BASICO $ 4948 - ASIGNACION NO REMUNERATIVA $ 693

Bueno cualquier otro dato me decis, gracias.
 #898258  por ods
 
Para mi no corresponderia la ley 24013 porque decis que no hubo pagos en negro, en cambio reclamaría diferencias de salarios por jornada completa estando registrado como media jornada
 #898263  por agustina0
 
Coincido con el colega preopinante, yo reclamaría diferencias salariales por el período no prescripto.
Y tomaría como base de cálculo el salario de convenio de un trabajador de la misma categoría en jornada completa.
 #898332  por VCZECHOWICZ
 
Gracias ods y agustina, por su ayuda, me podran calcular porque yo lo voy hacer este fin de semana, pero como la cabeza la tengo de un lado para el otro porque estoy haciendo tramites en el pami por los dos sten que le deben poner a mi mama estoy en otra y tengo miedo de equivocarme, mil disculpa y mil gracias por vuestra ayuda.
Dario
 #898535  por agustina0
 
VCZECHOWICZ escribió:Gracias ods y agustina, por su ayuda, me podran calcular porque yo lo voy hacer este fin de semana, pero como la cabeza la tengo de un lado para el otro porque estoy haciendo tramites en el pami por los dos sten que le deben poner a mi mama estoy en otra y tengo miedo de equivocarme, mil disculpa y mil gracias por vuestra ayuda.
Dario
Dale, mandame tu mail por MP y te envío un modelo. Tengo un caso bastante similar.
 #898792  por VCZECHOWICZ
 
Hola Agustina0 mi email es mi nombre de usuario el mismo que uso aca VCZECHOWICZ seguido del PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP" mas gmail.com
Besos y espero tu modelo de liquidación por favor. Gracias
Dario
 #898920  por Arbeiter
 
PLANILLA DE JUICIO DE RUBROS Y MONTOS

i) Diferencias de haberes

concepto devengado pagado diferencia

octubre 2010 $ 2.656,00 ? $ 0,00
72HS nocturnas $ 79,65 $ 0,00 $ 79,65
15HHEE al 100% $ 398,40 $ 0,00 $ 398,40

noviembre 2010 $ 2.656,00 ? $ 0,00
72HS nocturnas $ 79,65 $ 0,00 $ 79,65
15HHEE al 100% $ 398,40 $ 0,00 $ 398,40

diciembre 2010 $ 3.479,00 ? $ 0,00
72HS nocturnas $ 104,33 $ 0,00 $ 104,33
15HHEE al 100% $ 521,85 $ 0,00 $ 521,85

enero2011 $ 3.479,00 ? $ 0,00
72HS nocturnas $ 104,33 $ 0,00 $ 104,33
15HHEE al 100% $ 521,85 $ 0,00 $ 521,85

febrero 2011 $ 3.479,00 ? $ 0,00
72HS nocturnas $ 104,33 $ 0,00 $ 104,33
15HHEE al 100% $ 521,85 $ 0,00 $ 521,85

marzo 2011 $ 3.479,00 ? $ 0,00
72HS nocturnas $ 104,33 $ 0,00 $ 104,33
15HHEE al 100% $ 521,85 $ 0,00 $ 521,85

abril 2011 $ 3.479,00 ? $ 0,00
72HS nocturnas $ 104,33 $ 0,00 $ 104,33
15HHEE al 100% $ 521,85 $ 0,00 $ 521,85

mayo 2011 $ 3.665,00 ? $ 0,00
72HS nocturnas $ 109,91 $ 0,00 $ 109,91
15HHEE al 100% $ 549,75 $ 0,00 $ 549,75

junio 2011 $ 3.665,00 ? $ 0,00
72HS nocturnas $ 109,91 $ 0,00 $ 109,91
15HHEE al 100% $ 549,75 $ 0,00 $ 549,75

julio 2011 $ 3.665,00 ? $ 0,00
72HS nocturnas $ 109,91 $ 0,00 $ 109,91
15HHEE al 100% $ 549,75 $ 0,00 $ 549,75

agosto 2011 $ 3.665,00 ? $ 0,00
72HS nocturnas $ 109,91 $ 0,00 $ 109,91
15HHEE al 100% $ 549,75 $ 0,00 $ 549,75

septiembre 2011 $ 3.665,00 ? $ 0,00
72HS nocturnas $ 109,91 $ 0,00 $ 109,91
15HHEE al 100% $ 549,75 $ 0,00 $ 549,75

octubre 2011 $ 3.665,00 ? $ 0,00
72HS nocturnas $ 109,91 $ 0,00 $ 109,91
15HHEE al 100% $ 549,75 $ 0,00 $ 549,75

noviembre 2011 $ 3.665,00 ? $ 0,00
72HS nocturnas $ 109,91 $ 0,00 $ 109,91
15HHEE al 100% $ 549,75 $ 0,00 $ 549,75

diciembre 2011 $ 3.665,00 ? $ 0,00
72HS nocturnas $ 109,91 $ 0,00 $ 109,91
15HHEE al 100% $ 549,75 $ 0,00 $ 549,75

enero 2012 $ 3.665,00 ? $ 0,00
72HS nocturnas $ 109,91 $ 0,00 $ 109,91
15HHEE al 100% $ 549,75 $ 0,00 $ 549,75

febrero 2012 $ 3.665,00 ? $ 0,00
72HS nocturnas $ 109,91 $ 0,00 $ 109,91
15HHEE al 100% $ 549,75 $ 0,00 $ 549,75

marzo 2012 $ 3.665,00 ? $ 0,00
72HS nocturnas $ 109,91 $ 0,00 $ 109,91
15HHEE al 100% $ 549,75 $ 0,00 $ 549,75

abril 2012 $ 3.665,00 ? $ 0,00
72HS nocturnas $ 109,91 $ 0,00 $ 109,91
15HHEE al 100% $ 549,75 $ 0,00 $ 549,75

mayo 2012 $ 3.665,00 $ 2.739,56 $ 925,44
72HS nocturnas $ 109,91 $ 0,00 $ 109,91
15HHEE al 100% $ 549,75 $ 0,00 $ 549,75

junio 2012 $ 3.665,00 $ 2.739,56 $ 925,44
72HS nocturnas $ 109,91 $ 0,00 $ 109,91
15HHEE al 100% $ 549,75 $ 0,00 $ 549,75

julio 2012 $ 5.753,82 $ 0,00 $ 5.753,82
72HS nocturnas $ 172,55 $ 0,00 $ 172,55
15HHEE al 100% $ 863,07 $ 0,00 $ 863,07

agosto (14 dias) $ 2.685,11 $ 0,00 $ 2.685,11

SUBTOTAL i $ 24.647,67


ii)Rubros indemnizatorios / liq final

Antigüedad $ 11.507,64 $ 0,00 $ 11.507,64
Preaviso $ 5.753,82 $ 0,00 $ 5.753,82

int. Mes de despido $ 3.068,71 $ 0,00 $ 3.068,71

Vacaciones $ 3.222,14 $ 0,00 $ 3.222,14
(14 dias)

2DO SAC Proporcional
(45 dias) $ 719,23 $ 0,00 $ 719,23

SAC s/preaviso $ 479,49 $ 0,00 $ 479,49

SAC s/int mes despido $ 255,73 $ 0,00 $ 255,73

SAC s/vacaciones $ 268,51 $ 0,00 $ 268,51

SUBTOTAL ii $ 25.275,26



iii)Multas aplicables

Art. 2 ley 25.323 $ 10.165,09

Art. 80 LCT $ 17.261,46

SUBTOTAL iii $ 27.426,55


TOTAL $ 77.349,48

Ahi está Szymon!

Esto es lo que me dió. Peeero...

1. No tengo el dato de lo que realmente le pagaron cada uno de los meses no prescriptos para el reclamo de diferencia de haberes, sino que solo "los ultimos meses cobro $2739.56" (¿ultimos 2, 3, 4 meses?). A eso vas a tener que corregirlo fijandote en los recibos del cl y reemplazando los "?" por los montos que realmente percibio y así poder llegar a la diferencia

2. Consignaste una jornada de trabajo de 10,5hs diarias (48HS semanales es el máximo de convenio), lo que haría un total de 15 horas extra al mes (las cuales serían con incremento del 100% porque las está haciendo el Sabado a la tarde y el Domingo completo)

3. Tenes 3 horas nocturnas diarias, 72 al mes.

4. El haber base que utilicé incluye: el bruto segun cct, presentismo, toda suma no remunerativa y el 2% de antigüedad que le corresponde. Ahora bien, en las diferencias de haberes ME COMÍ RECLAMAR EL 2% DESDE MARZO HASTA JUNIO.

5. Bueno, creo que nada mas.

5bis. Si había algo mas, a la planilla la calculé en excel, así que si te sirve te la mando por correo así reemplazas ahí los montos de los haberes y te hace la suma automática. AHI SI CORREGI EL 2% DE MARZO A JUNIO DE 2012 EN CONCEPTO DE ADIC POR ANTIGÜEDAD

5ter. Queda horrible aca en el foro como texto sin formato, porque come las tabulaciones y no se entiende nada. Pero siempre hay tres columnas, DEVENGADO, PAGADO, DIFERENCIA

Cualquier cosa avisa!
 #898976  por VCZECHOWICZ
 
Gracias por la liquidación me ayudastes mucho, la verdad que si me podes pasar la planilla por email mucho mejor, mi email es vczechowicz
(arrobita) gmail (puntito) com.
Gracias por tu ayuda me es de mucha utilidad, realmente de mucha utilidad y otra cosa comparto contigo la frase que dijo el Gral San Martín, hay que volver a esa palabras a los hombres y mujeres nacionalistas.
Con cariño.
Dario
 #899233  por Arbeiter
 
De nada camarada! Ya te la mande por mail.

junio 2012 $ 3.665,00
julio 2012 $ 5.753,82

Esto me llamo la atención. POr los datos que me consignaste de la escala salarial del cct, pasa de cobrar 3600 en junio a 5700 en julio? De Mayo2011 a Julio2012, tiene que haber otra modificacion seguro del convenio (o bien aumento escalonado, no se, me parece...)