Hola gente, tengo un trabajador que presto servicios por 5 meses en una empresa "A", contratado por una consultora "B" de servicios eventuales. Desde la empresa A deciden darle de baja, por lo que seguramente desde la consultora lo estaran suspendiendo por los 45 dias habituales en estos casos.
La idea es intimar a la empresa A para que aclare situación laboral (notificando ademas futuro matrimonio); y en caso de que desconozcan la relacion laboral darme por despedido pidiendo indemnizacion del 182.
¿Les parece viable? ¿Sera necesario cursar los TCL tambien a la consultora que es en definitiva quien contrata? Me fundamento en el 29, 29bis y 30, principalmente por la cantidad de empleados que tiene esa empresa subcontratados bajo la consultora.
Además... Entiendo que es aplicable la indemnizacion por despido a causa de matrimonio en empresas de servicios eventuales... ¿Cierto?
Mil gracias!
La idea es intimar a la empresa A para que aclare situación laboral (notificando ademas futuro matrimonio); y en caso de que desconozcan la relacion laboral darme por despedido pidiendo indemnizacion del 182.
¿Les parece viable? ¿Sera necesario cursar los TCL tambien a la consultora que es en definitiva quien contrata? Me fundamento en el 29, 29bis y 30, principalmente por la cantidad de empleados que tiene esa empresa subcontratados bajo la consultora.
Además... Entiendo que es aplicable la indemnizacion por despido a causa de matrimonio en empresas de servicios eventuales... ¿Cierto?
Mil gracias!
"Cuando la Patria está en peligro todo es lícito menos dejarla perecer." Gral. San Martín


