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  • Sentencia laboral debe verificar en la quiebra?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #897349  por ROBLEDO94
 
Estimados colegas, tengo sentencia en un despido por mobbing rechazado en 1ra. instancia y en Cámara le reconocen daño moral y lo devuelve al juz. de origen para que practique liquidación y el juz. laboral me manda a retirar copias para llevarlas a la quiebra, es correcto? El síndico va hacer la liquidación del laboral? El laboral se inició antes que el empleador presentara concurso preventivo. Que debo hacer? Si alguien me puede orientar muy agradecida. Dra. María.
 #897721  por andresxeneizes
 
el pronto pago casi ni se aplica porque es un quilombo aplicarlo en la practica.
cuestiones a tener en cuenta
1) ojo con el plazo para presentar la verificacion, tiene que ser dentro de los dos años que se decreto la quiebra o dentro de los 6 meses desde que queda firme la sentencia laborla en caso que ya hayan pasado mas de dos años
2) tenes que pedir que al credito le reconozcan privilegio especial y general laboral (art 241 y 246 de la LCQ)
3) la verificacion es una tontera, es una demanda en donde decis que venis a verificar en razon de la sentencia laboral que se dio en tal juzgado de la cual acompañas copia certificada y listo, de ahi le dan traslado al sindico y despues pedis la sentencia
4) una vez que verificaste tenes que ver en la quiebra cuando se van haciendo las distribuciones parciales y final, para saber cuando el cliente tiene que ir a cobrar al banco