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  • ¿HEREDA LA OTRA PARTE DEL BIÉN EL HEREDERO CONDÓMINO?

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 #894823  por aprendiza_law_girl
 
Hola capos amigos, colegas y compañeros y siempre en el limbo yo y pido ayuda a los que siempre me ayudan con tanta buena voluntad, tengo delante mío una declaratoria de herederos y cada vez entiendo menos...

Pregunto y así podré destrabar esto... *cafe*

Un padre y su hijo compran una propiedad pagando por partes iguales, (entiendo que es un condominio aunque no lo dice la escritura)

Fallece el padre; ¿el hijo condómino lo hereda al igual que los otros hijos o por ser condómino sólo retira su parte y no tiene derecho a la otra parte de su padre?


Si dije o pregunté una barbaridad acepto huevazos, tomatazos que seguiré sonriéndoles y diciéndoles haciendo reverencia con mi vestidito gracias gracias! *foto*

AYUDAAAA!!!!!

<<<<<LA APRENDIZA FLASH LAW GIRL>>>>>
 #894825  por aprendiza_law_girl
 
Y agrego algo más: En esta declaratoria el heredero condómino, (el que pagó la mitad de la casa junto a su padre y así figura en la escritura "JUAN Y JOSÉ COMPRAN") tiene más del 50%, ¿¿¿es que heredó la porción de lo que le correspondía por el padre o heredó a sus hermanos fallecidos???

Quiero luz y agradeceré con creces!!!!

Sé mucho de penal porque mi hermano es penalista.

GRACIAS TOTALES E INFINITAS!!!!

(SON MIS PRIMERITOS AÑOS DE MATRICULACIÓN), disculpen mis "aberraciones"

<<<LA APRENDIZA FLASH LAW GIRL DANCE>>>
 #894830  por Tiburcio
 
El padre era condómino en la proporción de 1/2 (50%). Nada tiene que ver si se dice o no que se trata de un condominio. Lo es por tratarse de una compra hecha por mas de uno.
Esa mitad se divide entre todos los herederos del fallecido, en partes iguales. El heredero que es condómino suma esa parte a la mitad que ya tenía. Por lo tanto queda con una proporción mayor a la de los otros herederos.
Lo que no decís es si el padre compró siendo casado.
Porque si así fuera, esa mitad del padre se divide con la cónyuge supérstite y los herederos reciben la otra mitad dividida.
 #896149  por aprendiza_law_girl
 
Tiburcio escribió:El padre era condómino en la proporción de 1/2 (50%). Nada tiene que ver si se dice o no que se trata de un condominio. Lo es por tratarse de una compra hecha por mas de uno.
Esa mitad se divide entre todos los herederos del fallecido, en partes iguales. El heredero que es condómino suma esa parte a la mitad que ya tenía. Por lo tanto queda con una proporción mayor a la de los otros herederos.
Lo que no decís es si el padre compró siendo casado.
Porque si así fuera, esa mitad del padre se divide con la cónyuge supérstite y los herederos reciben la otra mitad dividida.

Más claro imposible Tiburcio, clarito y directo, un capo!!!! Y sí, el padre era casado y como vos decís la cónyuge supérstite hereda la mitad de su cónyuge y los hijos la otra mitad, pero en este caso primero fallece el esposo y luego la esposa, entonces entiendo que acrecen todos los hijos quedando como titulares el condómino + lo heredado por el otro condómino que en este caso es su padre y por otro lado -lo que resta- los hermanos del condómino. Estoy en lo cierto no?

GRACIAS TOTALES TIBURCIO!

LA APRENDIZA
 #896173  por Tiburcio
 
Si el padre compró la mitad indivisa siendo casado, al fallecer el inmueble quedó así: 1/4 para la esposa sobreviviente y 1/4 dividido entre los hijos. El que ya tenía 1/2 suma lo que recibe.
Al fallecer la madre, el 1/4 de ella se divide entre todos los hijos por partes iguales. El hijo que tenía de antes la mitad mas lo recibido de la sucesión de su padre recibe la misma proporción que sus hnos.
Otra aclaración: hago las cuentas sobre el total del inmueble para que sea mas fácil, pero en las sucesiones de los dos padres el acervo es solamente la mitad ganancial en el la del marido y el 1/4 propio de la esposa en la segunda.