Estimados, me gustaria saber vuestra opinion en cuanto a los plazos para el escalonamiento de medidas disciplinarias.
¿Cual es el plazo para acumular sanciones y aplicar su escalonamiento?, es decirpor ejemplo, si aplico hoy un llamado de atencion escrito por llegadas tardes reiteradas y luego de 7 meses reincide en la inconducta ¿puedo avanzar con un apercibimiento? ¿7 meses es excesivo para acumularlas?, es bastante politico el tema y depende que posicion tome como empresa, RRLL, etc pero cual es el plazo que se utiliza para la acumulacion ¿6 meses? ¿1 año?, ¿es uso y costumbre o legalmente esta pautado?
Muchisimas gracias
¿Cual es el plazo para acumular sanciones y aplicar su escalonamiento?, es decirpor ejemplo, si aplico hoy un llamado de atencion escrito por llegadas tardes reiteradas y luego de 7 meses reincide en la inconducta ¿puedo avanzar con un apercibimiento? ¿7 meses es excesivo para acumularlas?, es bastante politico el tema y depende que posicion tome como empresa, RRLL, etc pero cual es el plazo que se utiliza para la acumulacion ¿6 meses? ¿1 año?, ¿es uso y costumbre o legalmente esta pautado?
Muchisimas gracias
