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  • URGENTEE!!!!! SERVICIO DOMESTICO!!!!

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #889540  por dgysabogadas
 
Hola! Tengo un GRAVE problema!
Tenemos un caso de servicio domestico.. Una persona que trabajaba lunes miercoles jueves y viernes, de 9 a 18hs. en una casa hace 23 años en NEGRO! Cuando intimamos la registración OMITIMOS el día jueves, y quedó como que sólo trabajaba 3 días.. Por lo que nos contestan que nuestro LCT es improcedente, xq según nuestras declaraciones no estabamos incluidas ni en la LCT ni en el Decreto 326/56, y que cerraba el intercambio epistolar..Ya que el art. 1 dice: "El presente decreto ley regirá en todo el territorio de la Nación las relaciones de trabajo que los empleados de ambos sexos presten dentro de la vida doméstica y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, no siendo tampoco de aplicación para quienes presten sus servicios por tiempo inferior a un mes, trabajen menos de cuatro horas por día o lo hagan por menos de cuatro días a la semana para el mismo empleado" Si bien la redación NO es clara, se entiende que los requisitos son acumulativos.

MI PREGUNTA CONCRETA ES: Puedo recficarme con un nuevo TLC aduciendo un error material, de tipeo, e intimar nuevamente? O tengo que recurrir por via analógica al art. 11, y ver si por la cantidad horaria, puede encuadrarse en el Decreto?

Es URGENTE, me corre el plazo para contestar!

Graciasssss
 #889768  por maremoto
 
Hola entiendo 1ro. que no se aplica L.C.T. (ver art. 2), y que las excepciones del Dec. 326/56 no son acumulativas. Prescripción por falta de aportes 2 años.