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 #889101  por NINAIUS
 
NINAIUS escribió:Buenas tardes a todos!!

una pregunta en pcia alguna vez aplicaron la multa por no asistir el empleador a la primer audiencia????? o que hacen lo citan a la segunda con la fuerza publica???????
que me recomiendan hacer, esperan segunda citacion o pasar con un certificado medico o alguna jutisficacion ???

les cuento la situacion comiquisima!!!!! ( en esta profesion nada me sorprende y todo es posible)

r
lei el post atentamente porque una clienta en medio de un intercambio telegrafico ( ella es empleadora) recibio una citacion de la subsecretaria de trabajo y ella no considero relevante decirme y se fue sola a la audiencia y hoy me llama como espantada por el fantasma de caterville que cuando llego estaba nuestra contra parte y ella salio despavorida hullendo......
completo el mensaje di enter antes de tiempo eso me pasa por reime de un cliente jajaja

mi clienta se fue sola y cuando reconoce por la espalda a la ex empleada sale literalmente corriendo de alli y me llama a la media hora ya alejada del lugar. NUNCA ME DIJO QUE RECIBIO CITACION DEL MINISTERIO

ahora que puedo esperar????? nunca escuche que se aplique la multa, o si? PUEDO SALVAR LA SITUACION DE ALGUNA FORMA?

Gracias y buen finde a todos

Ninaius *flor*
 #889108  por diegoignacio
 
mira por mi experiencia el ministerio solo me sirve para conocer previamente quien es el abogado de la contraria y tambien para dar solucion a pequeñas demandas que no ameritan ir a juicio.

no hay sancion y si se presenta y desiste de las actuaciones, el ministerio te lo archiva... yo si lo uso como prueba ya que de muchas formas la actitud de la demandada puede eventualmente denotar una conducta maliciosa o temeraria
 #889822  por NINAIUS
 
diegoignacio escribió:mira por mi experiencia el ministerio solo me sirve para conocer previamente quien es el abogado de la contraria y tambien para dar solucion a pequeñas demandas que no ameritan ir a juicio.

no hay sancion y si se presenta y desiste de las actuaciones, el ministerio te lo archiva... yo si lo uso como prueba ya que de muchas formas la actitud de la demandada puede eventualmente denotar una conducta maliciosa o temeraria

hola Diego, gracias por contestarme,

yo hubiera ido con mi clienta, soy de asistir siempre otra cuestion es si acordamos o no
pero mi clienta es muy despistada!!
no se si esperar a una nueva citación....he visto un par de colegas que repesentando al empleador no asisten pero nunca supe que los multen
ahora me voy por la empleadora.... no se si esperar una nueva citacion porque la ley si habla de multa por inasistencia injustificada

que me recomendarías???

Saludos

Ninaius *flor*
 #889827  por diegoignacio
 
mira si tu clienta sabe que debe algo al trabajador o es posible una indemnizacion, esa etapa es la mas barata. Asi que analiza la situacion en base a las posibilidades economicas de tu clienta y tiempo. pero reitero que en esa etapa los gastos son menores y las indemnizaciones tambien