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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #885334  por alejandra01
 
es porque uno de los demandados reconoció ser el empleador, y la esposa lo desconoció..pero voy a continuar contra ambos, ya que la señora también le envió a mi clienta una cd intimándola a retomar tareas bajo apercibimiento de considerar abandono de trabajo.
Si ésto no hubiera existido, me hubiera convenido descartarla..pero ella tiene recibo de sueldo...no la voy a dejar escapar...gracias...!
alejandra01 escribió:gracias eltam...voy a hacer la carta poder otra vez en forma independiente por las dudas que sea eso lo que quieran..pero si está todo listo para que dicten la audiencia del art. 25 me parece de locos.
Si es el tema del poder, se les escapó la mona, al juzgado y al letrado que ya contestó la demanda y de eso no dijo ni mu...solo que uno era el empleador, y que la esposa no lo era..y las contestó incluso por separado: una contestación por parte de la demanda que le envié al marido, y otra por la demanda que le mandé a la mujer..
no sé que quiere inventar el 3 de San Isidro..voy a investigar..ja ja
eltam88 escribió:Raro. Querran que aclares. Manifesta, que tal surge del relato de demanda, se entabló la misma contra...por resultar ser sus empleadores.
 #885620  por alejandra01
 
bueno...hoy después de varios días complicados llegué a ver el expediente...
yo mandé cd a juana perez por ej...y me lo contestó juana perez.Luego demando a la misma y agrego el poder para demandar a juana perez.
Ahora la demanda la contesta poniendo el segundo nombre...y por eso el juzgado me pide nuevo poder. Lo que me extraña porque lo re pregunté, es si mi clienta debe acompañar escrito ratificando todo lo actuado, porque sino, no sé que sentido tiene acompañar un poder de juana amalia perez por ej, si eso no da validez a lo actuado antes..
No lo veo mucho sentido a acompañar nuevo poder porque la señora contestó la demanda haciéndose cargo del caso, transcribiendo cd y todo...pero bueno, el juzgado manda.
yo lo pienso presentar igual, al poder y a la ratificación por las dudas...
mil gracias a todos..
ods escribió:No habra diferencias entre las personas que demandas y los que contestaron demanda? Quizas el poder dice Juan Perez y el que contestó fue Juan José Perez y por eso te dicen que presentes nuevos poderes