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  • A quien demando?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #882941  por abogadafss
 
El empleador de mi cliente falleció. cerro el local. A quien demando? a los herederos o al que era su empleador y contestaran los herederos??
 #882976  por VANEIS
 
yo intimaria a los herederos, al empleador fallecido NO por que no creo que tenga efecto ese notificacion , igual espera opiniones!!
 #883131  por abogadafss
 
Si, pero como averiguo quienes son los herederos?... tengo que sacar turno en el SECLO y no se a quien poner...o pongo al empleador y extiendo a los herederos de XXXXX...Gracias!!!
 #883224  por sanjuanino
 
En este caso se demanda a la sucesión
 #883590  por abogadafss
 
Sanjuanino, me podrás explicar como demandar a la sucesión de....? ahora lo puse al que falleció, obviamente no se va a presentar...como extiendo en seclo?
 #883592  por afterhour
 
Vos no tenes obligacion de saber que el empleador fallecio. Salvo que haya fallecido cuando aun estaba trabajando, por ejemplo.
En el primer supuesto, vos requeri al empleador, y luego demandaras al empleador y alli deberán presentarse los herederos.Vos no toques el tema en la demanda!!!
Saludos!!
 #883690  por sanjuanino
 
abogadafss escribió:Sanjuanino, me podrás explicar como demandar a la sucesión de....? ahora lo puse al que falleció, obviamente no se va a presentar...como extiendo en seclo?
Desde ya suponiendo que el empleador falleció estando tu cliente trabajando a sus órdenes (es decir, tiene pleno conocimiento del hecho) paso a explicar:
Debes demandar a la sucesión del empleador fallecido. Si conoces el nombre y domicilios de los herederos, mucho mejor, por que se demanda directamente.
Si no los conoces, puedes demandar al empleador en su domicicilio, denunciar que este falleció y solicitar via judicial la apertura de la sucesión.
Previo a todo, dirijite al registro de juicios universales para ver si no está abierta la sucesión. Si tienes suerte que esté abierta, la demanda la diriges contra este expediente
afterhour escribió:Vos no tenes obligacion de saber que el empleador fallecio. Salvo que haya fallecido cuando aun estaba trabajando, por ejemplo.
En el primer supuesto, vos requeri al empleador, y luego demandaras al empleador y alli deberán presentarse los herederos.Vos no toques el tema en la demanda!!!
Saludos!!
Esto es cierto (que vos no tenes la obligacion de saber el deceso), pero en la práctica es muy arriesgado encararlo por esa vía. Mas que arriesgado, se puede volver engorroso. Ocurre que aveces no te contestan nada ni abren por este motivo la sucesión, lo que para resolver el tema te lleva mucho mas tiempo y trámite que encararlo de las otras formas.
 #884049  por poorlaw
 
Hola a todos,

No vengo a responder, sino que me surgió la duda: la demanda laboral ¿es atraída por el fuero de la sucesión?

Es que ando completamente fuera de forma y tal vez alguien me sepa responder.

saludos!
 #884133  por afterhour
 
Poor...lo que es seguro es que el laboral tramita ante el Juez laboral, que es el que tiene competencia para resolver las cuestiones debatidas en virtud de la relación de trabajo.
Saludos!!
 #884229  por agentil
 
poorlaw escribió:Hola a todos,

No vengo a responder, sino que me surgió la duda: la demanda laboral ¿es atraída por el fuero de la sucesión?

Es que ando completamente fuera de forma y tal vez alguien me sepa responder.

saludos!
Tramita en laboral hasta que la sentencia este firme y liquidada, y ahí pasa a la sucesión.

saludos!!
 #884263  por Danius
 
Hola a todos, encontré este tema debatido, que se relaciona con mi duda: alguien me podria ayudar?

El caso es el siguiente: mi cliente trabajaba en una fábrica, un emprendimiento familiar a cargo del padre de la familia. Esta persona fallece, haciéndose cargo del negocio posteriormente sus dos hijos, uno de los cuales al tiempo, también muere. Al momento de producirse el distracto - por falta de pago de los salarios, despido indirecto-, su empleador (tal como figuraba el cuit del recibo de sueldo y según constancia de AFIP de este cuit) figuraba como "Sucesión de ...."
Por lo expuesto, se demandó a La Sucesión, y a los dos hijos, todos ellos como responsables solidarios.
El hijo contestó por sí y no en representación de la sucesión. Las otras cédulas volvieron, habiendo sido notificadas al domicilio de la fábrica, siendo que quien atendió al oficial manifestó que vivían allí pero no estaban presentes. El juzgado dijo: "Tiénese presente la contestación de demanda de ...., la que se proveerá una vez resuelta la situación de las restantes codemandadas de autos".
El caso es que necesito destrabar la situación.
Me interesa particularmente que responda la sucesión, ya que la misma se encuentra en trámite y tomé conocimiento de que el inmueble donde funciona la empresa está a nombre del padre y no fue incluido en la sucesión. Es el unico bien que tendrían para poder cobrarme.

Esta bien haber demandado a la sucesión? como la notifico? como hago para poder trabar embargo en dicho bien, que no fue denunciado en el juicio sucesorio?

Desde ya agradezco sus opiniones, me serán de gran ayuda.
Saludos.
Danius.-
 #884265  por poorlaw
 
Hola afterhour y agentil:

Gracias por responder mi pregunta.

¡Saludos!