Estimados. Les quiero hacer un pregunta. Es competente el SECLO siendo que las partes llamadas a audiencia conciliatoria tienen domicilio legal y real en la provincia de Misiones.
Soy abogado matriculado en provincia de Misiones y en el día de hoy a llegado un cliente con una citación de la Dr. X conciliadora, para llevar adelante una audiencia conciliatoria con un ex empleado de mi cliente. El trabajador había sufrido un accidente laboral y fue indemnizado por la ART como así como por su empleador. En el caso de este ultimo, ha recibido la indemnización del art 247 debido a la imposibilidad de reubicar al trabajador por su incapacidad sobreviniente y las tareas que se desarrollan en la empresa a cargo de mi cliente.
El objeto de la audiencia es una suma de dinero muy importante. Por otro lado, la ART, tiene domicilio en la cuidad de Sunchales. Lo cual escaparia a la competencia de la capital.
Estoy completamente desorientado. Aun no he leído el procedimiento en capital federal, ya que es una jurisdiccion completamente ajena.
Para colmo, el ex empleado, quien supuestamente solicita la audiencia, ha viajado al país vecino del Paraguay y no puedo entablar una conversación con este.
Cualquier comentario orientativo y/o sugerencia, sera bienvenido.
Saludos.
Soy abogado matriculado en provincia de Misiones y en el día de hoy a llegado un cliente con una citación de la Dr. X conciliadora, para llevar adelante una audiencia conciliatoria con un ex empleado de mi cliente. El trabajador había sufrido un accidente laboral y fue indemnizado por la ART como así como por su empleador. En el caso de este ultimo, ha recibido la indemnización del art 247 debido a la imposibilidad de reubicar al trabajador por su incapacidad sobreviniente y las tareas que se desarrollan en la empresa a cargo de mi cliente.
El objeto de la audiencia es una suma de dinero muy importante. Por otro lado, la ART, tiene domicilio en la cuidad de Sunchales. Lo cual escaparia a la competencia de la capital.
Estoy completamente desorientado. Aun no he leído el procedimiento en capital federal, ya que es una jurisdiccion completamente ajena.
Para colmo, el ex empleado, quien supuestamente solicita la audiencia, ha viajado al país vecino del Paraguay y no puedo entablar una conversación con este.
Cualquier comentario orientativo y/o sugerencia, sera bienvenido.
Saludos.
