Colegas, recirro a Uds. para consultarles por un posible caso que me genera duda. Resulta que hay 2 trabajadores (albañiles) que han laborado en la edificación de una edificio destinado a ser escuela de enseñanza privada. Quienes los contrataron y abonaron mensualmente su sueldo han sido los propietarios de la obra, que ahora hacen las veces de directores del colegio. Estos dos obreros quedan amparados en el estatuto 22.250???? 
-dhabogada-
