tengo una duda... supongamos que sale sentencia por 100.000 en total (conforme planilla de liquidacion)...
no se paga por lo que se inicia ejecucion de sentencia y se pide embargo...
el embargo se decreta por 100.000 + 50.000 presupuestado por intereses, costas y gastos de la ejecucion...
se embarga por 150.000 y se deposita dicho monto en una cuenta judicial.
el actor ¿debe retirar los 150 mil depositados? ¿o solo 100.000 y luego actualizar dicho monto hasta el efectivo pago?, de ser asi ¿para que son los 50.000 que se presupuestan provisoriamente en la etapa de ejecucion de sentencia?
no se paga por lo que se inicia ejecucion de sentencia y se pide embargo...
el embargo se decreta por 100.000 + 50.000 presupuestado por intereses, costas y gastos de la ejecucion...
se embarga por 150.000 y se deposita dicho monto en una cuenta judicial.
el actor ¿debe retirar los 150 mil depositados? ¿o solo 100.000 y luego actualizar dicho monto hasta el efectivo pago?, de ser asi ¿para que son los 50.000 que se presupuestan provisoriamente en la etapa de ejecucion de sentencia?
