Presenté renuncia como letrada patrocinante dado que no ubico al demandado, es en tribunal trabajo de Lomas. El proveído es que no se hace lugar(?) dado el carácer de patrocinio letrado. Q debo hacer? Agradeceré me guíen. Gracias.
blueyellow escribió:dado que no ubico al demandadoHola,
Presenté renuncia como letrada patrocinante dado que no ubico al demandado, es en tribunal trabajo de Lomas. El proveído es que no se hace lugar(?) dado el carácer de patrocinio letrado. Q debo hacer? Agradeceré me guíen. Gracias.Reitera la renuncia alegando que dado que no tenes conocimiento de como ubicar al demandado lo que se resuelva no llegaria a su conocimiento por mas que te sea notificado en tu constituido, y que no te haces responsable de aqui en adelante por como siga la causa porque no tenes medios facticos de hacerlo y que ese hecho proviene de la realidad y es independiente de lo que quiera o no aceptar el tribunal. Pedi que esto se notifique al domicilio real del demandado que haya denunciado.
anibalku escribió:a mi me paso lo miso en lomas en el Tribuanl de Trabajo n° 3Y qué hiciste? Aquí nos han aportado buenas ideas.
DAL escribió:El patrocinio no es renunciable, simplemente porque no es poder.Todavía sigo aprendiendo de DAL =D
El patrocinio es un acto de acompañamiento del cliente, ACTO A ACTO y no genera obligacion fuera del acto por el que uno lo ha patrocinado, con la excepcion de las notificaciones, en tanto y en cuanto, uno como patrocinante se notifica de algo, tiene obligacion de notificar al cliente, o probar que notifico al cliente (esto viendo la responsabilidad frente al cliente, no frente a la contraparte en el juicio).
En el caso tuyo, tenes que renunciar al domicilio constituido, pedir que se tenga a tu cliente con domicilio constituido en el real, o en secretaria en su defecto. No podes dar pasos procesales sin su firma por ello el tribunal te hizo la advertencia sobre el escrito sobre constitucion de domicilio. Sucede que el patrocinante esta habilitado, sin firma del cliente, para actos de mero tramite, como diligernciar una cedula, dejar a la firma, entonces, el juzgado pudo tener el acto de la constitucion de nuevo domicilio como un acto de mero tramite, y te lo admitio para que las futuras cedulas lleguen a vos, por lo menos, PERO no estas habilitada a peticionar por el cliente PORQUE NO TENES PODER para representarlo. Entonces, haciendo saber que notenes contacto con el, renuncia a que el domicilio ocnstituido SEA EL DE TU ESTUDIO, pedi que sea en el real, o en secretaria, conforme tu codigo. Y MANDALE UNA CARTA DOCUMENTO, esto para tu propia defensa, al ultimo domicilio constitudio, haciendo saber que haz cesado en tener el domicilio ad litem constituido en tu estudio, que las notificaciones las recibira en x domicilio y si queres, que debera requerir los servicios de otro letrado.
Saludos!