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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #855993  por Arbeiter
 
Gente, me sucede lo siguiente. Tengo audiencia de conciliacion (Córdoba) en unos días por un laboral contra una S.A., es un call center que trabaja exclusivamente para atender clientes de una empresa europea y fue paulatinamente reduciendo personal y mudando sus servicios a otros países. No soy un avesado societario aunque reconozco que en este fuero debería reforzar MUCHO mas mis conocimientos sobre el tema, y supongo que aquellos laboralistas (no como yo que no me permito aún usar ese mote, sino que "hago algo de laboral") que leen esto comparten mi opinión. Pero voy al grano, esta S.A. no va a durar en pie lo que mi litigio, por lo que indudablemente quiero trabar una cautelar y allí radica mi inquietud. ¿Qué medida es la que "mejor" aseguraría el crédito de mi cliente? Inmuebles no hay, muebles sólo un vehículo que de ninguna manera cubre los aprox. $200.000 de mi exordio... :roll:
 #856655  por sanjuanino
 
Inhibición general de bienes, como para empezar.
Yo pediría que se oficie a los diferentes bancos a los fines de saber si hay cuentas de la firma en ellos, con el fin de embargarlas. Seguro este tipo de firmas opera con cuentas bancarias
 #874164  por Arbeiter
 
sanjuanino escribió:Inhibición general de bienes, como para empezar.
Yo pediría que se oficie a los diferentes bancos a los fines de saber si hay cuentas de la firma en ellos, con el fin de embargarlas. Seguro este tipo de firmas opera con cuentas bancarias
Camarada, se que paso bastante de esta respuesta. Primero que nada gracias, y segundo -por si no le ha sucedido-, le comento que un familiar mio trabaja en un banco (bastante conocido a nivel nacional). Resulta que si llega un oficio indagando si XX tiene fondos en dicho banco y la respuesta es positiva, automaticamente levantan el telefono y le avisan a su cliente "XX, nos llego un oficio, quieren saber si tenes fondos aca" como una atención mas. Se imaginara que esos fondos desaparecen en el lapso de horas.
Particularmente considero mas viable oficiar al BCRA para que informe en qué banco tiene qué cuenta el investigado. ¿Qué les parece?
 #874318  por sanjuanino
 
Sinceramente, la suya es mucho mejor idea.
Gracias por el dato, no lo tenía
 #874325  por gusgus
 
Pero va a pasar lo mismo, pues el BCRA no informa por sí mismo, sino que se realiza mediante circular que libra a todas la entidades financieras ordenando que cada una informe al expediente.
 #874347  por ebarreyro
 
Por eso, el oficio al BCRA tiene que ser directamente ordenando el embargo, así emiten la comunicación D respectiva.
Igualmente, ello no es garantía de nada... después hay que revisar los balances de la S.A.... y luchar contra el banco.
Tengo épicas con el BBVA...

Igualmente, iría viendo el tema de extender la responsabilidad al representante legal de la empresa...
 #874535  por Arbeiter
 
ebarreyro escribió: Tengo épicas con el BBVA...
¿Justo con el BBVA tenia que ser? Solo que ya esta complicado el tema encima me entero que voy a tener que pelearle al banco tambien... :shock: Dejo esto y me voy al bailando