Inicio demanda en capital, la demandada contesta con copia de poder emitido en capital. El juzgado intima por 1 día a legalizar poder bajo apercibimiento de tener por no contestada.
La demandada presenta copia de legalización. El juzgado sin esperar la cédula con la que intimo por 1 día, lo tiene por cumplido y por contestada la demanda.
Entiendo que el poder emitido en capital para presentar en capital no requiere legalización, sin embargo la intimación fue hecha bajo ese apercibimiento. Pregunte en el juzgado por que se la tuvieron por cumplida si al no haber vuelto la cédula, no saben si cumplio con 1 día y me dicen que intiman asi porque sino no lo presentan.
Puede el juzgado intimar bajo apercibimiento de tener por no contestado y luego decir que "era solo para que lo presentaran" a mi me parece poco serio aún cuando lo intimaron erroneamente.
Vale la pena que ataque el proveido que lo tiene por cumplido sin esperar la cédula?
Puedo sostener que la legalización le dio fecha cierta al poder y que cuando contestaron demanda no tenian legitimidad para hacerlo?
La demandada presenta copia de legalización. El juzgado sin esperar la cédula con la que intimo por 1 día, lo tiene por cumplido y por contestada la demanda.
Entiendo que el poder emitido en capital para presentar en capital no requiere legalización, sin embargo la intimación fue hecha bajo ese apercibimiento. Pregunte en el juzgado por que se la tuvieron por cumplida si al no haber vuelto la cédula, no saben si cumplio con 1 día y me dicen que intiman asi porque sino no lo presentan.
Puede el juzgado intimar bajo apercibimiento de tener por no contestado y luego decir que "era solo para que lo presentaran" a mi me parece poco serio aún cuando lo intimaron erroneamente.
Vale la pena que ataque el proveido que lo tiene por cumplido sin esperar la cédula?
Puedo sostener que la legalización le dio fecha cierta al poder y que cuando contestaron demanda no tenian legitimidad para hacerlo?
