Estimados colegas, tengo una duda con respecto a un caso laboral que es la siguiente:
- El trabajador intimó el día 10 de mayo de 2010 en forma fehaciente al empleador por registración deficiente de su fecha de ingreso. Siendo que la fecha real se remonta a marzo 1998 y fecha registrada en enero de 2004.
- La empleadora, el día 12 de mayo de 2010 contesto negando tales hechos.
- El día 18 de mayo de 2012 la empleadora la despide supuestamente con causa.
Mas allá de lo establecido en la LCT, mi duda es la siguiente en cuanto a la aplicación de la ley 24.013 o de la ley 25.323:
¿En este caso concreto corresponde aplicar la multa del art. 9 de la ley 24.013; o por el contrario es aplicable el art. 1 de la ley 25.323?
Mi duda surge cuando la ley 25.323 dice textualmente en su art. 1 último párrafo: “El agravamiento indemnizatorio establecido en el presente artículo, no será acumulable a las indemnizaciones previstas por los artículos 8°, 9°, 10 y 15 de la Ley 24.013.”
En definitiva lo que me gustaría me aclaren es si: En este caso en concreto son aplicables los arts. 1 y 2 de la ley 25.323.
Saludos y muchas gracias de antemano.
- El trabajador intimó el día 10 de mayo de 2010 en forma fehaciente al empleador por registración deficiente de su fecha de ingreso. Siendo que la fecha real se remonta a marzo 1998 y fecha registrada en enero de 2004.
- La empleadora, el día 12 de mayo de 2010 contesto negando tales hechos.
- El día 18 de mayo de 2012 la empleadora la despide supuestamente con causa.
Mas allá de lo establecido en la LCT, mi duda es la siguiente en cuanto a la aplicación de la ley 24.013 o de la ley 25.323:
¿En este caso concreto corresponde aplicar la multa del art. 9 de la ley 24.013; o por el contrario es aplicable el art. 1 de la ley 25.323?
Mi duda surge cuando la ley 25.323 dice textualmente en su art. 1 último párrafo: “El agravamiento indemnizatorio establecido en el presente artículo, no será acumulable a las indemnizaciones previstas por los artículos 8°, 9°, 10 y 15 de la Ley 24.013.”
En definitiva lo que me gustaría me aclaren es si: En este caso en concreto son aplicables los arts. 1 y 2 de la ley 25.323.
Saludos y muchas gracias de antemano.
