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  • REMISERÏA EN CORDOBA .EXISTIRÍA RELAC.DE DEPENDENCIA O NO???

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #865805  por colinomad
 
Estimados foristas,quisiera consultar respecto de un cliente que compra una remisería trucha(no esta inscripta ,y los remises no tienen matricula)Esto es en CORDOBA capital.donde las remiserías a cambio de un pago mensual por parte de los remiseros ,les informan por radio de los viajes que la gente solicita al telefono de la remisería, pero,la remisería NO OBTIENE UN PORCENTAJE DEL VIAJE,como si sucede en Buenos Aires , en donde he visto que la jurisp. esta dividida respecto a si hay relacion de dependencia o no.Aquí en Cordoba ,la remisería ,repito,solo le pasa los viajes por radio al remisero ,por lo cual este puede tomarlos o no ,a cambio de un pago mensual por el uso de la radio.
Desde mi punto de vista no existiría ninguno de los tipos de subordinación o si???
Los remiseros nunca recibieron ningún tipo de recibo por el pago mensual realizado a la remisería.
La pregunta es :
Podrían los remiseros despedidos verbalmente,iniciar algún tipo de reclamo de índole laboral,cuando esto parecería encuadrarse desde mi punto de vista en una locación de servicios???
Estimados colegas, desde ya les agradezco su opinión y quedo a su disposición.
 #865998  por gl2011
 
Hola, no soy de Cba, sino de BsAs. Pero yo tomaria ne cuenta los principios rectores de los derechos del trabajo.
Entre otros la buena fe que debe primar, pero antes de ello, la primacia de la realidad, si habia subordinacion tecnica, juridica y/o economica.
slds!
 #866021  por sanjuanino
 
Ante un problema laboral entre un chofer y el dueño del auto, demandan al dueño y a la remisera por solidaridad laboral, y si el caso esta bien inventado y planteado, te lo ganan. Esta aplicándose mucho la responsabilidad solidaria en caso de accidentes de tránsito en este rubro. Yo hasta hace 4 años labure como abogado de la remisera mas importante de san juan, y por lo que estuve hablando del asunto con colegas que siguen en las remiseras, todavía no le encuentran una solución definitiva que los excluya de responsabilidad en estos casos (tanto laborales como en accidentes)
 #866198  por grcerrutti
 
a mi un día me la dieron en la CNAT. Una pobre amiga mía puso a laburar como remise un Duna del año del p... El chofer le hizo juicio a ella y no a la remisería. La condenaron porque consideraron que el auto era "establecimiento" y por el aprovechamiento económico con el trabajo ajeno.

Acá un par de fallos para orientarse en el tema:

No puede considerarse que haya mediado contrato de trabajo entre
un remisero y una agencia, cuando la propiedad del vehículo y su
habilitación para la prestación de servicios como remisse
correspondan al actor, asumiendo su propio riesgo económico y
haciéndose cargo de los gastos que demande la prestación de
servicios. Conservar el 75% de la recaudación de todos los
viajes, posibilidad de hacerse sustituir por terceros en la
conducción del vehículo, bastando que se dé aviso a la agencia;
decidir en qué momento iniciaba la prestación de servicios, no
estando obligado a llevar un uniforme, no ser pasible de
sanciones si decide no tomar un viaje y hallarse inscripto como
trabajador autónomo emitiendo facturas con número de CUIT,
ingresos brutos e inicio de actividades cuatro años antes de
relacionarse con la agencia de remises. Toq. 1206.


Guisado. Guthmann.

7631/2003.
PERALTA, CESAR RAMON C/ ORGANIZACION DE REMISES UNIVERSAL S.R.L.
Y OTROS S/ DESPIDO.
21/07/06

SD. 91.591.

CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO

Sala IV.


Resulta inconducente a los fines de acreditar que el trabajador no era empleado de la agencia de remises, lo supuestamente elevado del porcentaje de comisión que percibía como chofer, ya que esa circunstancia no hace que deje de ser una remuneración según la descripción efectuada por el art. 103, LCT, por lo demás, es indistinto que se pacte un porcentual alto que comprenda (a cargo del dependiente) los gastos de combustible, lubricante, patente, seguros, etc, o uno más bajo que los deje fuera y los coloque a cargo del empleador.

Ventura, Guillermo Salvador Amadeo vs. Organización de Remises Universal S.R.L. s. Despido /// Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala V; 06-12-2006; Rubinzal on line; RC J 609/07
 #866283  por colinomad
 
Muchas gracias a todos por las opiniones,en este caso todos los remiseros que trabajan en la remiseria son dueños de los vehículos.La remisería no se queda con ningún porcentaje del viaje,solo percibe un pago mensual por prestar un servicio ,que en este caso consistiría en: receptar en sus telefonos las llamadas de los clientes y retransmitirlas vía radio a los moviles ,los cuales pueden o no aceptarlas.