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  • SECLO PARA EMPLEADA DOMESTICA

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #862344  por Drml2010
 
COMO PUEDO USAR LA INSTANCIA DEL SECLO PARA UN DESPIDO INDIRECTO DE UNA EMPLEADA DOMESTICA? ESPERO RESPUESTAS AFINES. GRACIAS COLEGAS.
 #862377  por grcerrutti
 
no es competente el SECLO Art. 1º Ley 24635 Los reclamos individuales y pluriindividuales que versen sobre conflictos de derecho de la competencia de la justicia nacional del trabajo, serán dirimidos con carácter obligatorio y previo a la demanda judicial, ante el organismo administrativo creado por el art. 4º de esta ley, el que dependerá del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

La respuesta no es muy afin, pero es lo que hay.

Si hacés una buena demanda en el Tribunal de Servicio doméstico es muy probable que se concilie.
 #862418  por Drml2010
 
Gracias por su pronta respuesta.
En el caso de acordar con la empleadora y desear homologar el convenio ante el Tribunal Domestico, no deberia presentar demanda alguna y el Tribunal esta obligado a homologar el convenio cuyas caracteristicas laborales en cuanto a la relacion habida corresponde a su intervencion. Es correcto? Espero su respuesta. Saludos cordiales.
 #862424  por grcerrutti
 
no recuerdo bien pero creo que incluso para hacer un acuerdo hay que presentar una demanda como mera formalidad. Tal vez otro forista nos pueda ayudar.

Mi método de trabajo es, a pesar de contar con varias décadas de experiencia, apersonarme en las reparticiones y averiguar personalmente los trámites.

Yo siempre en el Tribunal del Servicio Doméstico presenté demandas muy bien fundadas (lógicamente habiendo enviado en forma previa telegramas bien completos) y ante el asombro de la demandada y hasta del Tribunal donde me dijeron "nunca vimos nada así" logré muy buenos acuerdos.

Esos son los consejos que tengo para darte.
Espero te sirvan.
 #862521  por grcerrutti
 
Se supone que la trabajadora no registrada o irregular para llegar al acuerdo debe presentar una demanda (el acuerdo en formulario dice que se reajusta "la demanda").
 #862743  por grcerrutti
 
El forista que consulta no encuentra sentido práctico a presentar demanda según me manifiesta.

Si su representada estaba en negro y Ud. quiere presentar un acuerdo conciliatorio como el que figura en los modelos del Tribunal (en la página que el colega GU le indicó) y no le encuentra sentido práctico a hacerlo con una demanda, intente sin ella, aunque no creo que se lo homologuen ya que en el acuerdo modelo dice "reajuta los términos de la demanda..." es decir que debería haber demanda (a menos que les haya quedado el modelo mal redactado)
Tal vez no encuentra sentido práctico porque el sentido es jurídico.

Hay nutrida doctrina y jurisprudencia respecto de la naturaleza jurídica del acto homologatorio sea por autoridad judicial o administrativa. Fundamentalmente los autores atienden al carácter tuitivo que la autoridad de aplicación debe observar respecto del trabajador.
Cuando la relación estuvo en blanco se puede perfectamente llegar a un acuerdo respecto del cual el Tribunal podrá evaluar si ha existido una justa composición de los derechos e intereses afectados (art. 15 LCT) ya que tendrá parámetros ciertos como fecha de ingreso y egreso, categoría y salario.
Pero si no está registrado el trabajador ¿cómo podría el Tribunal, sin una demanda, homologar una suma antojadiza de dinero que no tiene con qué datos de la realidad cotejar?
Los funcionarios públicos podrían ver comprometida su responsabilidad.

De todas maneras le reitero que vaya al Tribunal y averigue previamente cómo es el trámite.
 #862747  por Drml2010
 
Precisamente acabo de llamar al Tribunal domestico y me informaron que es suficiente presentar el acuerdo y los formularios correspondientes, sin necesidad de interponer demanda alguna. A su disposicion. Saludos cordiales.
 #862757  por grcerrutti
 
grcias por el dato.
Entonces el formulario está desactualizado.
sigo confirmando, nuestra profesión se ha convertido en una verdulería.