Buenas tardes colegas, les quería consultar por un problema que se nos presentó, es por la muerte de un trabajador, se inició demanda, y la empresa contestó pero a su vez inicia por su cuenta un juicio por consignación. El caso es controvertido porque está la concubina (veinte años viviendo juntos) y también la cónyuge superstite.
Ahora bien, la empresa dos meses despues del fallecimiento deposita en la cuenta sueldo del trabajador una suma correspondiente a francos, vacaciones, haberes, etc más el seguro de vida (la beneficiaria es la concubima). Al iniciar la consignación la empresa deposita lo que para ellos corresponde la indemnización por fallecimiento, y manifiesta que se hizo un deposito en la cuenta sueldo, solcitando que se transfiera dichos fondos a la cuenta del juzgado.
La concubina es cotitular de la cuenta sueldo, y al manifestar la empresa al contestar nuestra demanda que ya había pagado dichos rubros procedió a retirar el dinero (estos es hace 6 meses) lo cual se informó en el expte.
Luego de que el Banco conteste los oficios e informe que la concubina retiró el dineró y cerró la cuenta, la empresa en el juicio por consignación solicita que la concubina reintegre dichos importes "debido a que no se ha determinado a quien corresponde la percepción delos importes devengados , y ningún derecho tiene la demandada para retirar y retener dicho importe".
Nos corrieron traslado de la intimación por la empresa, más allá de las defensas que se nos ocurren como que la empresa debría haber consignado todo en un primer momento a sabiendas del fallecimiento y que dos personas reclaman la indemnización, hay que sumarle que son cotitulares de la cuenta bancaria, y que se debería haber opuesto cuando informamos el retiro del dinero.... Quiero creer que el que paga mal paga dos veces, pero la verdad no lo tengo claro, si alguien le pasó algo parecido o tiene jurisprudencia para poder fundamentar.... Qué aconsejan? Muchas gracias, saludos!!
Ahora bien, la empresa dos meses despues del fallecimiento deposita en la cuenta sueldo del trabajador una suma correspondiente a francos, vacaciones, haberes, etc más el seguro de vida (la beneficiaria es la concubima). Al iniciar la consignación la empresa deposita lo que para ellos corresponde la indemnización por fallecimiento, y manifiesta que se hizo un deposito en la cuenta sueldo, solcitando que se transfiera dichos fondos a la cuenta del juzgado.
La concubina es cotitular de la cuenta sueldo, y al manifestar la empresa al contestar nuestra demanda que ya había pagado dichos rubros procedió a retirar el dinero (estos es hace 6 meses) lo cual se informó en el expte.
Luego de que el Banco conteste los oficios e informe que la concubina retiró el dineró y cerró la cuenta, la empresa en el juicio por consignación solicita que la concubina reintegre dichos importes "debido a que no se ha determinado a quien corresponde la percepción delos importes devengados , y ningún derecho tiene la demandada para retirar y retener dicho importe".
Nos corrieron traslado de la intimación por la empresa, más allá de las defensas que se nos ocurren como que la empresa debría haber consignado todo en un primer momento a sabiendas del fallecimiento y que dos personas reclaman la indemnización, hay que sumarle que son cotitulares de la cuenta bancaria, y que se debería haber opuesto cuando informamos el retiro del dinero.... Quiero creer que el que paga mal paga dos veces, pero la verdad no lo tengo claro, si alguien le pasó algo parecido o tiene jurisprudencia para poder fundamentar.... Qué aconsejan? Muchas gracias, saludos!!
