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  • trabajo en negro dos empleadores sociedades

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 #856520  por SABRIN
 
tengo una persona que trabaja en negro en un comercio que gira con un nombre de fantasia, y que funciona bajo dos sociedades una s.a. y una srl, mande tcl a las dos sociedades intimando registracion, solo contesto la s.a. negando la relac. laboral y la srl guardo silencio, ahora tengo que darlo por despedido, el despido seria por las dos injurias la negativa y el silencio, envio un tcl a cada una, de identico tenor y envio a los socios respons. solidarios.
mi duda es las dos sociedades serian responsables solid. por el art. 31 de la lct, o seria empleador multiple? en realidad yo no se cual de las dos tiene la obligacion de registrar al trabajador, por que aparentemente se manejan con las dos, ambas tienen mismo domicilio en afip (lugar de trabajo actor) y los socios son los mismos.-
deberia haber intimado tambien a los socios a que registren no? pero no sabia bien los nombres ahora ya los tengo
Gracias!!!
 #856591  por gabriela78
 
Yo intimaria tambien a los socios de las 2 sociedades que seguro son los mismos en ambas yo suelo poner asi en el TCL:

Por la presente hago saber a Ud. que la hago solidariamente responsable por el reclamo cursado a (NOMBRE DE LAS SOCIEDADES)., en virtud de los arts. 54, 59 y 274 ley 19550; el cual transcribo: "(TRASNCRIBIS EL TCL QUE LE MANDASTE A LAS SOCIEDADES)"

Asi podes agarrar a todos, espero te sirva saludos.-
 #856622  por GU
 
Los socios no deben registrar. La obligacion es del empleador, que es la persona juridica (no las personas fisicas que la integran). El socio responde por la extension de la responsabilidad que se le endilga por haber realizado el fraude.

Si hacelos responsables a ellos ahora que disolves el vinculo.

Salutes!
 #856625  por SABRIN
 
GRACIAS A LOS DOS POR RESPONDER, SI PENSABA HACER RESPONSABLES A LOS SOCIOS DESPUES DEL DESPIDO.-
LOS DE LA SRL SON LOS GERENTES Y LOS DE LA S.A. ES EL PRESIDENTE NO?
GRACIAS
 #856630  por sanjuanino
 
Convengo con mi colega GU.
La extensión de la responsabilidad a aplicar es por el 31 LCT y por los arts. 54, 59 y 274 de la ley de sociedades
SABRIN escribió:GRACIAS A LOS DOS POR RESPONDER, SI PENSABA HACER RESPONSABLES A LOS SOCIOS DESPUES DEL DESPIDO.-
LOS DE LA SRL SON LOS GERENTES Y LOS DE LA S.A. ES EL PRESIDENTE NO?
GRACIAS
Si