GU escribió:Yo en un expediente pedi se cite a un gerente de la demandada a reconocer una firma en una nota con membrete y me lo aceptaron (como testigo de reconocimiento). Todavia no fue la audiencia, y no se si le voy a poder pedir percial caligrafica en caso de desconocimiento, prueba que hice reserva en el escrito de inicio.
Salutes!
Si hiciste reserva yo creo que pueden proveerte la caligráfica.
Yo trabajaba en la CNAT y el Camarista del que era relatora admitió un testimonio de un tipo que tenía que reconocer una documental. El tipo maliciosamente la niega (era obvio que era su letra) ante lo cual el Juez ordenó inmediatamente el cotejo mediante caligráfica conforme el art. 390 CPCCN (la parte lo había peticionado para el caso de desconocimiento). El ofrecimiento de la demandada fue inmediato. Se concilió en Cámara.
COTEJO
Art. 390. - Si el requerido negare la firma que se le atribuye o manifestare no conocer la que se atribuya a otra persona, deberá procederse a la comprobación del documento de acuerdo con lo establecido en los artículos 458 y siguientes, en lo que correspondiere.