tal vez sea una preguntonta, pero opinando en algunos post sobre los accidentes de trabajo in itinere, se me paso por la cabeza un caso que como nunca me aparecio uno, me deja dudas de como lo encararia.
Si dado el caso de que una empresa que contrata el traslado del personal desde su casa al trabajo, cabria responsabilizarla en caso de accidente en el traslado ( en itinere) por las normas del derecho civil aplicando la teoria del riesgo creado o la culpa en eligendo.
Que pasaria en este caso? (que no creo que sea de laboratorio): trabajador accidentado, en traslado mediante remis, ambulacia u otro medio de transporte para recibir prestaciones en especie por parte de la ART por ejemplo para ir a una clinica de la ART para atenderse que sufre durante ese traslado un accidente. Amen de las distintas posibilidades de atribucion de responsabilidad. Como lo encaran como accidente de trabajo y por ende competencia de la justicia del trabajo o al contrario por la justicia civil, alguien sabe si especificamente esta previsto este caso en la LRT.
Si dado el caso de que una empresa que contrata el traslado del personal desde su casa al trabajo, cabria responsabilizarla en caso de accidente en el traslado ( en itinere) por las normas del derecho civil aplicando la teoria del riesgo creado o la culpa en eligendo.
Que pasaria en este caso? (que no creo que sea de laboratorio): trabajador accidentado, en traslado mediante remis, ambulacia u otro medio de transporte para recibir prestaciones en especie por parte de la ART por ejemplo para ir a una clinica de la ART para atenderse que sufre durante ese traslado un accidente. Amen de las distintas posibilidades de atribucion de responsabilidad. Como lo encaran como accidente de trabajo y por ende competencia de la justicia del trabajo o al contrario por la justicia civil, alguien sabe si especificamente esta previsto este caso en la LRT.
Abogado, Jurisconsulto y manyapapeles. Solo los estupidos y los fanaticos estan llenos de certezas, yo por mi parte estoy lleno de dudas.
