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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #844161  por robergto
 
Hola gente del foro, gracias por su ayuda.-
Tengo un cliente que me pregunta lo siguiente. Trabajó unos años con un empleador. Renunció, por lo que no cobró nada, ahora volvió a trabajar un año y está en negro ¿Cómo se computa la antigüedad? Sé que el art. 18 de la LCT dice que se toma todo el tiempo, pero digo, para el cálculo de la indemnización, ¿Se toma la suma de años? Pero si renunció, ¿Eso se decuenta? ¿O no influye? ¿Y para el cálculo de la 24013 se toma sólo el tiempo en negro, aunque antes tuviera horas extra y eso?

¡Gracias! :P
 #844323  por sanjuanino
 
entre la renuncia y el volver de nuevo al trabajo, cuanto tiempo pasó?
antes estaba en blanco y ahora en negro?
 #844326  por eltam88
 
sanjuanino escribió:entre la renuncia y el volver de nuevo al trabajo, cuanto tiempo pasó?
antes estaba en blanco y ahora en negro?
no importa el paso del tiempo, se computa todo
 #844406  por cuervita
 
opino igual que eltam...

Art. 18. LCT — Tiempo de servicio.
Cuando se concedan derechos al trabajador en función de su antigüedad, se considerará tiempo de servicio el efectivamente trabajado desde el comienzo de la vinculación, el que corresponda a los sucesivos contratos a plazo que hubieren celebrado las partes y el tiempo de servicio anterior, cuando el trabajador, cesado en el trabajo por cualquier causa, reingrese a las órdenes del mismo empleador.
 #844407  por cuervita
 
aahhhhh ahora entendi la pregunta, lo que podrias alegar es que lo obligaron a renunciar, pero será cuestion de prueba.
 #844420  por robergto
 
Hola gente, Gracias por sus respuestas.-
Digo, el cliente trabajaba, en blanco, renunció. Pasaron unos años y empezó otra vez, ahora en negro. El tiempo en el medio no se computa, ¡claro!

Grazie!
 #844442  por eltam88
 
robergto escribió:Hola gente, Gracias por sus respuestas.-
Digo, el cliente trabajaba, en blanco, renunció. Pasaron unos años y empezó otra vez, ahora en negro. El tiempo en el medio no se computa, ¡claro!

Grazie!
Se computa el período en el que trabajo, lo que esta en el medio no.
 #844536  por sanjuanino
 
tienen razón mis compañeros eltam y cuervita. Estaba por meter la pata enormemente