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  • JUICIO LABORAL CALL CENTER - TELEFONICA

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #842460  por raisamanghi
 
Hola, tengo el caso de una chico que trabaja hace cinco años en un call center que solo trabaja para telefonica, este chico se quiere ir por lo que vamos enviar telegrama intimando paguen conforme convenio actividad (hoy en día figura como empleado de comercio) y que lo reconozcan como empleado de telefonica o en su defecto le abonen las diferencias salariales no prescriptas en el marco del convenio de telefonicos, tambien planteariamos solidaridad y fraude laboral. Como se que es un tema complicado porq el sindicato de empleados de comercio ha pretendido afiliar gente de esta actividad (lo q no deberia ser asi porq en si la tarea se encuentra prevista en el convenio de telefonicos) solicito opiniones al modo de encarar el asunto...me han dicho que muchos juicios se arreglan al dar traslado de demanda pero quisiera cometer la menor cantidad de errores posibles...Escucho opiniones! *flor*
 #842479  por pepecurdele
 
ojo, estudia bien la cuestion de los encuadres convencionales no siempre se aplican otros convenios colectivos.
 #842490  por raisamanghi
 
pepecurdele escribió:ojo, estudia bien la cuestion de los encuadres convencionales no siempre se aplican otros convenios colectivos.
Es cierto..en este caso, por lo que estuve mirando la actividad está encuadrada en el convenio de telefónicos; es más la tarea de telemarketer para empresa telefónica es considerada insalubre y esto tiene incidencia en
los descansos y en el básico que es mucho más alto q el de empleados de comercio. Mi idea es valerme de la tercerización, plantear la solidaridad y pedir se acomoden las condiciones laborales a la realidad...
 #842515  por pepecurdele
 
si pero tene en cuenta que los convenios colectivos de trabajo solo son aplicables para las partes contratantes y no se aplican en forma a empresas no contratantes de otras actividades ( el cct de telefonicos obviamente es aplicable a los empleados de telefonica y telecom nada mas).
La cuestion de la solidaridad del art 30 nada tiene que ver con el convenio aplicable y para que opere deben cumplirse los extremos de dicha norma.
Es un tema bastante complicado lo del encuadre convencional, asi que si lo vas a tomar como causal de despido te aconsejo que lo desgranes muy bien ya que te va el juicio en ello.
 #842755  por raisamanghi
 
Retomando el tema de los riesgos que acarrea la causal invocada, algunos colegas hacen renunciar a la persona y al mes mandan telegrama mostrando toda esta cuestión de la interposición de empresas y el error en el convenio aplicable; para ello se valen del argumento del orden publico laboral vulnerado; se que por esta vía se han arreglado muchos juicios. Yo la verdad no me animo a tanto por eso entiendo más prudente intimar a la empresa para generar así el despido indirecto... No se que opinan...
 #842771  por K08
 
Buen dia, una consulta. Cuantas horas trabaja? que tiempo de descanso tiene?... te lo digo porque la mayoria de estas empresas tienen la obligacion de cumplir con algunos tiempos, en colega que opino anteriormente dijo algo sobre el trabajo insalubre y creo que ese es el mejor camino. Una vez encarado eso, no es tan dificultoso mostrar la solidaridad.
Espero tu comentario.
 #843730  por pepecurdele
 
ojo con el trabajo insalubre, tiene que se declarado expresamente asi y es en cada jurisdiccion.