Hola a todos. Tengo una duda muy importante. Estoy contestando demanda en un juicio laboral en Capital que tramita como SUMARISIMO! En los términos del 498 del CPCC sin perjuicio de la aplicación de la LO conforme lo resolvió la juez al dar curso a la demanda. Mi duda es si en este caso rige para la actora la posibilidad de ampliar su ofrecimiento de prueba en oportunidad del art 71 LO, es decir, dentro de los tres días del traslado de mi contestación, como ocurre en cualquier juicio laboral en capital. Les agradeceré mucho la info que tengan al respecto.
