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  • DUDA ART 248 - MUERTE TRABAJADOR

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 #838723  por pgullo
 
pepecurdele escribió:
pgullo escribió:
dravicka escribió:Buenas tardes a todos: estoy leyendo este post que me es de gran utilidad dado que llego un caso donde el sr.se mata con el auto llendo a su trabajo a causa de un paro cardiaco. La concubina trato de conversar con la empresa pero nada. Estoy preparando el telegrama para enviar a la empresa, pero tengo una duda: tambien debo mandarle un telegrama a la art? desde ya muchas gracias y perdon pero no me dedico a laboral.gracias
Hola, te comento un libro que es muy muy bueno en cuanto accidentes y enfermedades del trabajo:“MANUAL BÁSICO SOBRE LA LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO .Miguel Angel Maza mas la ley de riesgos estas bien informado!

Primero decirte que ademas de la ART, también podes hacer un daños y perjuicios contra el empleador en virtud de la inconstitucionalidad del art. 39 de la LRT (ley de riesgos del trabajos) El procedimiento ante la ART es cuasiadministrativo, por lo tanto es mucho mas rapido. Es un ACCIDENTE IN ITINERE, por lo tanto quien te paga sino me equivoco la suma(tarifada) de $120.000 pesos es la ART., no el empleador. Pero con un daños al empleador podes obtener mas dinero que 120.000 pesos!! ya que por la via civil la indemnizacion no es tarifada!
Por otro lado el dia que fallecio se debe hacer la denuncia al empleador, acerca del accidente y posterior fallecimiento, o directamente hacerla en ART, sin embargo si denunciaron ante el empleador éste tiene la obligacion de notificarle a la ART.
saludos! cualquier cosa preguntame curse una materia sobre LRT muy buena
Perdon en donde encontras algun grado de culpa del empleador en un supuesto accidente in itinere que justifique una accion civil, a lo sumo si podes comprobar que la causa de la muerte no fue al paro cardiaco,sino las lesiones sufridas por el accidente,( lo que no es dificil para el cuerpo forense) te corresponderia el reclamo por la ley 24557.
Hola pepe, en relidad puede que haya culpa del empleador de forma indirecta por ejemplo probar que la causa del infarto es el stres laboral, o a traves de la responsabilidad objetiva si el vehiculo fuese de la empresa y lo condujera el trabajador incluso aunque se lo llevara a su casa , y ademas enunciar que el art. 39 de la ley de riesgos es inconstitucional cuando reza "Las prestaciones de esta ley eximen a los empleadores de toda responsabilidad civil, frente a sus trabajadores o derechohabiente.." citas algunos fallos de la CSJN donde ratifican lo que expongo, es mas cabe aclarar la materia sobre LRT la curse con una secretaria de un juzgado laboral de Cap. Federal, asi que que mejor que ella para ratificarlo. Algunos fallos serian: fallo Torrilo (este es contra la ART), fallo “Aquino", fallo ""AGÜERO, ALBERTO ARGENTINO C/ MACO TRANSPORTADORA DE CAUDALES S.A. S/ ACCIDENTE –(2006)"

saludos!
 #839272  por dravicka
 
Gracias a todos por responder pero la duda es que pasos doy ante el rechazo de la muerte por la art-ademas rechazaron el reclamo por ser hecho por la concubina.
 #839321  por pepecurdele
 
dravicka escribió:Gracias a todos por responder pero la duda es que pasos doy ante el rechazo de la muerte por la art-ademas rechazaron el reclamo por ser hecho por la concubina.
Tiene que haber un expediente en donde se investigo la muerte de este hombre, el lugar del hecho te da la jurisdiccion, y la fecha que organo intervinio.
Tene presente que un infarto no siempre causa la muerte. Si se hicieron las cosas bien tiene que haber una autopsia en donde se certifica la verdadera causa de la muerte. Es muy facil para cualquier medico forense determinar si las lesiones ( si es que las habia) le causaron la muerte o si las mismas fueron post mortem luego del infarto.
La concubina al ser una situacion de hecho va a tener que probar, valga la redundancia que era la concubina en los terminos de la ley 24241.
Yo no perderia mas tiempo con la ART o las comisiones medicas no creo que te resuelvan nada, me mandaria directamente con una accion judicial y todo depende de las circunstacias de caso, que por cierto no tenes muy claro de que se murio el hombre.
 #839383  por karayna
 
nooo a la art no!! si se murio por causa natural.... reclama como se explica mas arriba el 248 al empleador y nada mas...