Hola a todos foristas. Me vino a ver una viuda cuyo conyuge era encargado de edificio. Le decian que para cobrar la indemnizacion de 248lct tenia que tramitar una sucesion. Mande telegrama que decia "xxxxxxxxx, en mi carácter de cónyuge y beneficiaria, de quien en vida fuera xxxxxxxxxx; empleado bajo sus órdenes y en relación de dependencia; cumpliendo tareas como ayudante permanente sin vivienda de lunes a viernes de 08hs a 16hs, sábados de 08hs a 13hs y de 16hs a 20hs, domingos y feriados de 08hs a 10hs y de 18hs a 20hs; desde el 01-11-1998 hasta la fecha de su fallecimiento el 09-02-2012; habiendo acreditado mediante las partidas de rigor mí calidad de cónyuge como así también el fallecimiento ocurrido; intimo en el plazo perentorio de 48hs de recibido el presente a que abone indemnización en los términos del art. 248 de la LCT y seguro obligatorio Res. 29.734/04, bajo apercibimiento de iniciar las acciones que por derecho correspondan conforme art. 02 Ley 25.323 en su respectivo caso. Asimismo, y con el objeto de hacer efectivo el cobro del seguro por fallecimiento FATERYH CCT 378/04 intimo a que en igual plazo aporte certificado de trabajo y declaración jurada original de designación de beneficiarios y/o copia de dicha póliza. Queda usted legalmente notificado y emplazado a derecho."
Contestaron diciendo que 1) el seguro obligatorio lo tenia que cobrar en ANSES, 2) que la indemnizacion la estaban preparando 3) que aporte partida de defuncion.
La pregunta es si el seguro de vida obligatorio tiene que ir a ANSES? El certificado de defuncion lo aporto a los 10 dias del fallecimiento (ya pasaron 60). Que le digo, que ya se aporto dicho certifcado y que tenemos testigos de ello?
Le pido a alguien que me de una mano ya que es gente conocida y no quiero quedar como que les hice perder plata. Saludos.
Contestaron diciendo que 1) el seguro obligatorio lo tenia que cobrar en ANSES, 2) que la indemnizacion la estaban preparando 3) que aporte partida de defuncion.
La pregunta es si el seguro de vida obligatorio tiene que ir a ANSES? El certificado de defuncion lo aporto a los 10 dias del fallecimiento (ya pasaron 60). Que le digo, que ya se aporto dicho certifcado y que tenemos testigos de ello?
Le pido a alguien que me de una mano ya que es gente conocida y no quiero quedar como que les hice perder plata. Saludos.
