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  • Seguro obligatorio de vida. Quien paga?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #826740  por Elflaco
 
Hola a todos foristas. Me vino a ver una viuda cuyo conyuge era encargado de edificio. Le decian que para cobrar la indemnizacion de 248lct tenia que tramitar una sucesion. Mande telegrama que decia "xxxxxxxxx, en mi carácter de cónyuge y beneficiaria, de quien en vida fuera xxxxxxxxxx; empleado bajo sus órdenes y en relación de dependencia; cumpliendo tareas como ayudante permanente sin vivienda de lunes a viernes de 08hs a 16hs, sábados de 08hs a 13hs y de 16hs a 20hs, domingos y feriados de 08hs a 10hs y de 18hs a 20hs; desde el 01-11-1998 hasta la fecha de su fallecimiento el 09-02-2012; habiendo acreditado mediante las partidas de rigor mí calidad de cónyuge como así también el fallecimiento ocurrido; intimo en el plazo perentorio de 48hs de recibido el presente a que abone indemnización en los términos del art. 248 de la LCT y seguro obligatorio Res. 29.734/04, bajo apercibimiento de iniciar las acciones que por derecho correspondan conforme art. 02 Ley 25.323 en su respectivo caso. Asimismo, y con el objeto de hacer efectivo el cobro del seguro por fallecimiento FATERYH CCT 378/04 intimo a que en igual plazo aporte certificado de trabajo y declaración jurada original de designación de beneficiarios y/o copia de dicha póliza. Queda usted legalmente notificado y emplazado a derecho."
Contestaron diciendo que 1) el seguro obligatorio lo tenia que cobrar en ANSES, 2) que la indemnizacion la estaban preparando 3) que aporte partida de defuncion.
La pregunta es si el seguro de vida obligatorio tiene que ir a ANSES? El certificado de defuncion lo aporto a los 10 dias del fallecimiento (ya pasaron 60). Que le digo, que ya se aporto dicho certifcado y que tenemos testigos de ello?
Le pido a alguien que me de una mano ya que es gente conocida y no quiero quedar como que les hice perder plata. Saludos.
 #826947  por soni1000
 
holaa, es la 1 vez q leo que un seguro de vida lo cobras en anses
te aconsejo que intimes al empleador para que te informe la aseguradora contratada y numero de poliza del empleado
comunicate con la empresa y denuncia el fallecimiento del titular de la poliza y el cobro del monto asegurado
si el empleado designo en vida siempre al mismo beneficiario creo que no tengas problemas en cobrar
ojala te haya ayudado besos :D
 #828593  por Elflaco
 
Hola. Mil gracias por la resputa. Por lo que estuve estudiando el seguro obligatorio es un seguro que se paga en AFIP que mediante la Super. Inten de seguros de la nacion despues cobra la compañia que tiene la poliza. Me parecio tan rara la respuesta que dije "mejor pregunto no sea cosa que meta la pata hasta el fondo". Ok voy a intimar para que denuncien compañia de seguros y nro, de poliza. Creo que de lo contrario tienen que pagar el emplador. No? Saludos
 #830113  por soni1000
 
holaaa!!
asii es debe pagar el empleador porque la contratacion del seguro de vida es obligatorio para el empleador
fijate tambien si se le aplicaba algun convenio colectivo en especial al trabajador fallecido porque algunos preveen un seguro en caso fallecimiento

suerte!!
 #837622  por Elflaco
 
En el sugundo telegrama, no puse "seguro obligatorio" sino que reitere y dije "Seguro Colectivo de Vida Obligatorio decre. 1567/74" e intime a que denuncien compañia y nro. de póliza, y me siguen contestando que vaya a cobrarlo a ANSES.
 #837909  por MAYRA40
 
Hola yo tengo el mismo caso intime mediante carta documento al empleador bajo apercibimiento de responsabilizarlo a el. Averigue en la superintendencia de seguros de la nación, que mi clienta (mejor dicho el conyuge ya que ella habia fallecido), no tenia poliza.
Inicie seclo y se presentó el empleador diciendo , que si había poliza se cerro el acta. Fuí a la compañia de seguros y no existia ninguna póliza. Te recomiendo que inicies seclo. Pero llama a la superintendecia de seguros y te van a pedir el cuit del empleador y cuil de tu trabajador. Suerte
 #838258  por Elflaco
 
MAYRA40 escribió:Hola yo tengo el mismo caso intime mediante carta documento al empleador bajo apercibimiento de responsabilizarlo a el. Averigue en la superintendencia de seguros de la nación, que mi clienta (mejor dicho el conyuge ya que ella habia fallecido), no tenia poliza.
Inicie seclo y se presentó el empleador diciendo , que si había poliza se cerro el acta. Fuí a la compañia de seguros y no existia ninguna póliza. Te recomiendo que inicies seclo. Pero llama a la superintendecia de seguros y te van a pedir el cuit del empleador y cuil de tu trabajador. Suerte
Vos sabes que en un momento tenia la duda sobre si era la mismo "seguro obligatorio" que "seguro colectivo de vida obligatorio". Despues de ver varios fallos entendi que era lo mismo. Por el 248 intimaste en los terminos del art.2 de la 25323?. Ya estoy por cerrar intercambio telegrafico y despues sigo con seclo. El tema es que en los telegramas en vez de denunciar poliza dicen que tengo que ir a ANSES. Vou a pegarme una vuelta por la S.S.N. Saludos y gracias
 #838360  por luc929
 
La ob ligación de la empresa es denunciar el fallecimento del trabajador ante la aseguradora y acompañar con documentación (por lo gral. certificado de defunción y recibos de haberes). Ahora bien, si la empresa fue debidamente notificada (como bien hiciste) y te contestan esa burrada del ANSES, entonces son responsables del pago del seguro (lo mismo que si la cobertura no tiene vigencia por pago de la prima o no tiene contratada ninguna cía).
Yo tengo un caso parecido, tuve que iniciar juicio y la cía recién al contestar demanda informó la aseguradora contratada y la citó como tercero.
La aseguradora al contestar acompaña póliza, dice que está vigente, que está asegurado por tanta plata pero que la contratante en ningún momento le informó del fallecimiento ni acompañó documental, veremos que onda, calculo que con el tema del seguro, las costas e intereses la va a soportar la empleadora.
Está bueno el consejo que te dicen de llamar a la Superintendencia para averigüar si tienen seguro contratado. Suerte!
 #868782  por lomarquez
 
Muchas gracias por la información. Es muy importante tener seguros de vida por las dudas de que nos llegue a pasar algo en algún momento. Yo en este momento estoy pagando dos y están a nombre de mis hijos para que los cobren ellos