estimados: tengo un caso en cual el despido fue en junio del año 2009, y el reclamo administrativo se hizo en noviembre del año 2011.-
Cuando se hizo el reclamo ya habia prescripcion. El cliente me relata que su ex patron lo hirio (hubo instancia penal por esto) y estuvo grave y por eso no pudo actuar antes. El tema es que la prescripcion esta cumplida. y no hizo valer sus derechos dentro de los 6 meses de ocurrida la prescricion en aplicacion del codigo civil? No se si alguno le paso alguna vez.
a- Es aplicable la dispensa de la prescripcion cumplida? Por el art 257 pareciera que es posible.
b- en el caso transcurrio el plazo establecido en el codigo civil incluso ya que lo actuado en sede administrativa no tiene efecto interruptivo entiendo.-
c- Yo no veo chance de nada, alguien ve alguna posibilidad?? Saludos.-
Cuando se hizo el reclamo ya habia prescripcion. El cliente me relata que su ex patron lo hirio (hubo instancia penal por esto) y estuvo grave y por eso no pudo actuar antes. El tema es que la prescripcion esta cumplida. y no hizo valer sus derechos dentro de los 6 meses de ocurrida la prescricion en aplicacion del codigo civil? No se si alguno le paso alguna vez.
a- Es aplicable la dispensa de la prescripcion cumplida? Por el art 257 pareciera que es posible.
b- en el caso transcurrio el plazo establecido en el codigo civil incluso ya que lo actuado en sede administrativa no tiene efecto interruptivo entiendo.-
c- Yo no veo chance de nada, alguien ve alguna posibilidad?? Saludos.-
