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  • Error de nombre empresa en intercambio telegrafico

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #834648  por jgimenez58
 
Estimados colegas, cerré un intercambio telegráfico contra una empresa que supongamos que se llama slz desarrollos industriales s.r.l. El tema es que cuando busque información en Nosis con el número de cuit y me figuró como '' desarrollos industriales s.r.l '' ( sin las primeras tres letras) por lo cual dirigí todos los telegramas de esta manera. El trabajador se encontraba sin registrar por lo cual primero efectuamos intimacion de ley 24013 y por negativa de tareas, reiteramos, y como siempre hubo silencio se considero despedido. Sin perjuicio de que faltaban esas tres letras en la página del correo argentino figura que todos los telegramas fueron recepcionados y ninguno fue rebotado.
Quisiera escuchar opiniones al respecto ya que tengo miedo de que impugnen de alguna manera las intimaciones efectuadas. Además calculo que tendré que hacerle hacer al trabajador otra vez el poder para presentar demanda.
Muchas gracias por su atención.
 #834676  por eltam88
 
Hace hincapié en que el trabajador estaba en negro poer ello no tenía porue saber con exactitud quien era el demandado, coloca que como pusiste en los telegramas se le llamaba a la empresa y que los telegramas fueron dirigidos al lugar de trabajo y como probarás fueron recepcionados.
 #834683  por sonicobcn
 
Hola, mira te cuento un caso que le paso a un colega amigo de toda la vida... inicia el intercambio contra una empresa que digamos se llamaba "emprendimientos comerciales de fitz roy" domiciliada en la calle Fitz Roy, pero en realidad la empresa se llamaba "emprendimientos industriales", se considero despedido ante el silencio, la empresa no se presenta al seclo... inicia demanda... bueno se tuvo por mal intimado y por lo tanto no se pudo haber considerado despedido ante un silencio que no fue tal... perdió en primera instancia y ahora esta en camara...
Yo que vos si estas a tiempo volvé a intimar...
Saludos
 #834740  por feder1co
 
Hay una cosa en el caso que planteas que para mi hace que los TCL son inválidos: porque figura "SRL" en el nombre del destinatario, esto hace pensar que estén dirigidos a una persona distinta.....
Yo haría las cosas de nuevo.
 #834794  por eltam88
 
Es peleable el tema, pero si en el lugar los reciben, dificil que se torne en contra del trabaj, igual todo puede ser en derecho.
 #834806  por jgimenez58
 
El tema es que el intercambio se cerro a principios de marzo. Lo que se me estuvo ocurriendo es remitir otro telegrama ratificando todo lo anterior. Yo estimo que no van a responder tampoco porque si me dicen que el trabajador se considero despedido en forma apresurada en cierto modo estan reconociendo que el trabajo y estuvo en negro. Que les parece? Gracias a todos por sus respuestas
 #834934  por feder1co
 
Es probable que respondan negando todo y que es el primer TCL que se les dirige ....
Trataría de encerrarlos un poco expresando de alguna manera el motivo de porqué envias un nuevo TCL para ratificar tcl "por ud recibido" .......