Hola a todos!! necesito ayuda urgente!!
Tengo un caso donde la cliente se accidenta trabajando, la art la atiende primeramente, luego le da el alta y ella debe concurrir a su obra social por las dolencias.... al tercer mes en q la trabajadora no presta servicios por estar enferma el empleador envia cd comunicando "reserva de puesto" (art 211) yo conteste la cd diciendo q no pueden aplicar 211 a un accidente de trabajo q en definitiva la causa invalidante de mi cliente tuvo su genesis exclusiva en el trabajo y los intimo 48 horas para q se retracten... y ya vamos 5 dias y ni responden!!
no estoy segura de despedir!! alguien tiene algo de data de esto? algun fallo algo!! no encuentro nadaaaaaaaaaaaaaaaa!!!
gracias a todossssssssssssss
Tengo un caso donde la cliente se accidenta trabajando, la art la atiende primeramente, luego le da el alta y ella debe concurrir a su obra social por las dolencias.... al tercer mes en q la trabajadora no presta servicios por estar enferma el empleador envia cd comunicando "reserva de puesto" (art 211) yo conteste la cd diciendo q no pueden aplicar 211 a un accidente de trabajo q en definitiva la causa invalidante de mi cliente tuvo su genesis exclusiva en el trabajo y los intimo 48 horas para q se retracten... y ya vamos 5 dias y ni responden!!
no estoy segura de despedir!! alguien tiene algo de data de esto? algun fallo algo!! no encuentro nadaaaaaaaaaaaaaaaa!!!
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