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 #833784  por karayna
 
Hola a todos!! necesito ayuda urgente!!

Tengo un caso donde la cliente se accidenta trabajando, la art la atiende primeramente, luego le da el alta y ella debe concurrir a su obra social por las dolencias.... al tercer mes en q la trabajadora no presta servicios por estar enferma el empleador envia cd comunicando "reserva de puesto" (art 211) yo conteste la cd diciendo q no pueden aplicar 211 a un accidente de trabajo q en definitiva la causa invalidante de mi cliente tuvo su genesis exclusiva en el trabajo y los intimo 48 horas para q se retracten... y ya vamos 5 dias y ni responden!!

no estoy segura de despedir!! alguien tiene algo de data de esto? algun fallo algo!! no encuentro nadaaaaaaaaaaaaaaaa!!!

gracias a todossssssssssssss
 #833825  por tomasarce
 
Lo que pasa es que cuando le dieron el alta en la ART lo pasan como inculpable, x eso le dan la reserva de puesto..Tenes q iniciar todo para seguir x ART, entonces retrotaer el tema. Igualmente espera opiniones mas experimentadas. Saludos
 #833854  por PABLOutsupra
 
Tendria que impugnar el alta de la ART, y tambien intimar a la empleadora notificando que impugnaste el alta de la art y rechazando el 211 por improcedente, por ser una accidente por la efectiva prestacion de tareas y que no se encuentra en condiciones de trabajar y quedando a disposicion para cualquier vista medica, y tambien que abone los haberes bajo apercibiniento de Ley.

Saludos
 #833937  por diegoignacio
 
De acuerdo con los colegas, esta maniobra para desligarse de empleados con accidentes es muy vieja... es una cagada pero tenes que tirar todo para atras.. impugna el ata de la art y pedi comisión medica....