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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #833021  por flor1
 
Buenas!,
Queria saber si alguien me puede ayudar con lo siguiente. Me consulta una encargada de edificio xq cuando va a su obra social no le quieren realizar estudios de alta complejidad porque el administrador no presentó las declaraciones juradas a AFIP .
Agradecería si alguien me puede orientar, mi idea es mandar TLC al consorcio y al administrador intimando a regularizar la relacion laboral bajo apercibimiento de informar al registro publico de administradores de consorcio y de aplicar las multas de la ley de empleo (comunicandolo tbn a la AFIP).
Si alquien sabe algo más o me indica por alguna otra multa, más que bienvenido!!, gracias!.
 #833253  por flor1
 
el tema es que la encargada sigue trabajando y tengo entendido que el 132 bis se aplica luego de extinguido el vinculo. vos decis que ´lo puedo intimar igual bajo apercibimiento de éstas sanciones? saludos,
 #833765  por karayna
 
holis....el 132bis se aplica cuando el vinculo esta extinguido


tenes q intimar por incumplimiento contractual art 80 lct primer y segundo parrafo....el empleador retuvo aportes y no los hizo.... hace poquito tuve uno parecido....besoss