buscate un medico laboralista que te de un certificado medico con una incapacidad mayor a la que da la CM, luego inicia demanda por daños y perjuicios a causa del accidente de trabajo y pedi una junta medica y que ahi le otorguen el porcentaje de incapacidad a tu cliente. pedi en la demanda la inconst. de la actuacion de la comision medica ya que no estan facultados para otorgar incapacidades, creo que es el art. 46 de la LRT o uno de esos. no importa que le bajen la incapacidad, cobrá lo que le de la ART y luego vas por la via del derecho comun a pedir la diferencia, te diria que tu cliente vaya agarrando lo que le den para que no este tan ansioso porque no te olvides que las demandas demoran minimo dos año para arriba. para incrementar el monto no te olvides de pedir daño moral, te lo dan siempre porque se presupone que hay daño moral a causa del accidente ocurrido sin necesidad de acreditar el sufrimiento padecido.
el tema de la formula a usar podes utilizar vuotto o mendez (esta ultima te da mucho mas), es un formalismo porque el tribunal no los va a utilizar a ninguno de los dos sino que van a considerar la edad de tu cliente al momento del accidente, cargas de flia, posibilidad de reinsercion en el mercado laboral, y luego te daran lo que ellos consideren en forma arbitraria, estas sentencias son apelables siempre porque o el demandado considera que te han dado mas de la cuenta o vos vas a considerar que te dieron menos de lo que corresponderia, nunca van a quedar conforme ambas partes ante el fallo de 1era instancia ya que no existe un criterio comun para calcular el daño, incluso la misma CSJN ha dicho que no es conveniente utilizar formulas matematicas para cuantificar el daño, ello abre la puerta para que cada juez considere arbitrariamente lo que debe pagarse por el accidente.