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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #831113  por patriciacc
 
Buenas tardes necesito ayuda!!!! es mi primera demanda laboral y tengo mil dudas!!
necesitaria saber si para la liquidacion de los rubros tengo que usar la escala salarial actualmente vigente o la que existia al momento del distrato??? Gracias.
 #831214  por sonicobcn
 
Hola, la escala vigente al momento del distracto. En realidad tenes que tener en consideracion la mejor remuneracion normal y habitual...
Despues de dictada la sentencia se te aplicaran intereses...
SAludos
 #831263  por virginipa
 
Nunca podes liquidar con los aumentos que se producen despues del distracto porque como precisamente ya se extinguió la relación laboral, no son remuneraciones devengadas, esos nuevos aumentos en la escala nunca fueron un derecho adquirido.- y agrego: para las indemnnizaciones se toma en cuenta la mejor remuneración mensual, normal y habitual "devengada", esto es la que le hubiera correspondida al momento de liquidarla.-
 #831537  por sanjuanino
 
coincidiendo en un todo con mis dos colegas anteriores y en un pequeño aporte por si te sirve, solo agrego que debes tomar el total del salario en bruto, con mas las sumas en negro si las hubiere
 #831545  por ebarreyro
 
Y completando lo que mis colegas acertadamente dijeron, no corresponde el salario del mes del distracto, sino el del mes de preaviso omitido. Parece una pavada, pero tuve muchos casos en que justo enganchaba aumentos importantes.