Sanjuanino, ninguna clase. Es un post nada mas. Clases se dan en la facultad, no aca.
Respecto de las costas y lo que apuntas sobre el beneficio de gratuidad, tene en cuenta que esto tiene que ver con el codigo que rige en cada provincia, y no todos tienen el mismo alcance. En mi provincia, a pesar del beneficio de gratuidad, el trabajador puede perfectamente ser condenado en costas, con el obvio limite de la no afectacion de su vivienda consagrada en la LCT. Asi que si, efectivamente, costas es un tema a tener en cuenta.
Respecto de las costas y lo que apuntas sobre el beneficio de gratuidad, tene en cuenta que esto tiene que ver con el codigo que rige en cada provincia, y no todos tienen el mismo alcance. En mi provincia, a pesar del beneficio de gratuidad, el trabajador puede perfectamente ser condenado en costas, con el obvio limite de la no afectacion de su vivienda consagrada en la LCT. Asi que si, efectivamente, costas es un tema a tener en cuenta.
