Los requisitos para dar a publicidad la transferencia estan en el art 2 de esta ley asique por ahi tambien te conviene oficiar al registro publico de comercio.-
Ros escribió:Me quede pensando, lee el art 11 de la ley ( es 11689) de tranferencia de fondo de comercio, igualmente si no existio transferencia serian responsables los nuevos adquirentes tambien por este art. 11, no se es mi opinion. porque las deudas pasan al adquirente.-no me queda claro si no existio transferencia como hay nuevos adquirentes.
Los requisitos para dar a publicidad la transferencia estan en el art 2 de esta ley asique por ahi tambien te conviene oficiar al registro publico de comercio.-