Colegas les cuento un caso que me llegó hace poco, es de otra colega que renunció al patrocinio porque no quería seguir con este caso según sus dichos. Bueno la audiencia de conciliación es la semana que viene, aquí donde yo litigo no hay seclo, solo se presenta la demanda y luego viene la audiencia de conciliación, donde si no se concilia comienza el plazo de 6 días para ofrecer prueba. Bueno por lo expuesto se darán cuenta que no hice el intercambio epistolar ni la demanda, reitero eso lo hizo antes otra colega que ya renunció al caso. El tema es que pido mi cliente me avisa que la firma parece haber cambiado de razón social unos meses después que se produjo el distracto. Pero el intercambio de misivas como la demanda son contra la anterior razón social y las dudas se presentan en relación a como plantear la estrategia ahora. Pensaba en comparecer obviamente a la audiencia de conciliación y ampliar demanda en contra de la nueva razón social a tenor del 225 y 228 lct por su responsabilidad solidaria. Bueno los que se les ocurra algo mejor o vean inconvenientes en la misma, me avisan. O sea, no debo ser el primero que tiene un caso donde la empresa cambia de razón social para evadir obligaciones.
