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  • Contrato abogado como empleado en relacion de dependencia

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #824069  por elestudiojuridico
 
Hola
Como hacen los estudios para implementar la contratacion de un abogado como empleado en relacion de dependencia?
alguien tiene algun modelo de contrato? o de convenio que haya sido homogado por algun colegio? o clausulas sobre el tema?
lo implementan en cada escrito aclarando tal situacion? o por convenio general en el colegio (el cual se adjunta o no a cada escrito?)?
Si alguien sabe, o ha trabajado asi y hace su aporte de que contrato tuvo, desde ya sera muy util. Gracias.
 #824146  por sanjuanino
 
indudablemente, quien escribe este post no es abogado.
guarda amigos con este tipo de preguntas
 #824152  por GU
 
Esto es lo que puso un importante estudio de capital en una contestacion:

"El suscripto presentado en este proceso, en la representacion acreditada o ejerciendo el patrocinio, se desempeña como abogado del estudio ...

En virtud de ello, hago saber al tribunal que mi actuacion es consecuencia de aquella relacion, de la encomienda profesional que me hicieran las autoridades del estudio, de modo que mi derecho a percibir honorarios, sea a cargo de nuestros clientes o de las contrapartes, estara sujeto a las convenciones que el estudio hubiera celebrado con los clientes o a la retribucion y/o porcentajes de participacion que se determinen en tales convenios.

Por tal motivo renuncio al derecho a cobrar otros honorarios por las tareas de asesoramiento o representacion judicial o extrajudicial que he realizado a favor del cliente en tanto se contrapusieran con acuerdos celebrados con el mismo por el estudio...

Por ello declaro que, sin perjuicio del derecho a obtener una regulacion judicial, el derecho a la percepcion de esos honorarios corresponde a Estudio ... y que en cumplimiento de la resolucion AFIP 689/99, acompaño oportunamente la declaracion jurada y la documentacion relativa al ente colectivo alli estipulada.

Se solicita que al momento de regularse honorarios, los mismos sean fijados en cabeza del estudio ... como indica la norma citada precedentemente, con la
pertinente adicion del impuesto al valor agregado".

Salutes!
 #826697  por elestudiojuridico
 
Hola
gracias por los aportes.Pero aun quisiera mas datos de como se implementa en la practica esta cuestion.
Es decir, un abogado no puede cobrar dos veces por el mismo trabajo. Entonces si un abogado cobra un sueldo fijo por mes ( o incluso sueldo mas comision) como se implementa la regulacion de honorarios?
¿Renuncia a los honorarios en favor del estudio en el primer escrito? ¿basta con el contrato en relacion de dependencia inscripto/certificado en un colegio de abogados? sin hacer mencion alguna en los escritos?
Gracias.
 #826774  por sanjuanino
 
elestudiojuridico escribió: ¿Renuncia a los honorarios en favor del estudio en el primer escrito? ¿basta con el contrato en relacion de dependencia inscripto/certificado en un colegio de abogados? sin hacer mencion alguna en los escritos?
Gracias.
Esta pregunta, en un foro de derecho laboral, es una joda
 #826827  por sanjuanino
 
Respondiendo a un privado enviado por el autor de este hilo, si yo supiera que este post es para ayudar a un colega en serio lo ayudaría. Pero en cambio, creo que es un post de una patronal que tiene el ánimo de defraudar a un colega. No lo sé, pero lo deduce mi intuición.
A quien es el autor de este hilo, sepa que en este foro hay abogados muchísimo mas capaces que este que suscribe, que no lo han respondido supongo por tener la misma intuición.
 #827205  por ebarreyro
 
De vuelta al hilo. El abogado no estaría cobrando dos veces por el mismo trabajo. Más bien, el estudio -o patronal- se quiere quedar con los honorarios del letrado, que son su exclusivo derecho y están a cargo de la otra parte. Lo que se sustituye con el sueldo, es el honorario en concepto de cuota litis. Pero nadie, nadie, puede quedarse con los honorarios que fueran a cargo de la otra parte,porque son inalienables del abogado. Si éste renuncia a cobrarlos, los puede ejecutar la caja. Paguen lo que corresponde al abogado, y si éste se gana sus honorarios a cargo de la otra parte, QUE LOS DISFRUTE. MÁS AÚN, LA PERCEPCIÓN DE DICHOS HONORARIOS, SERÁN UN IMPORTANTÍSIMO ALICIENTE PARA QUE SU ABOGADO GANE SUS JUICIOS. CASO CONTRARIO: ¿LA EMPRESA O ESTUDIO ESTARÁ DISPUESTO A PAGAR LOS HONORARIOS REGULADOS EN LOS JUICIOS EN QUE SE LE IMPONGAN COSTAS?
 #827307  por sanjuanino
 
ebarreyro escribió:De vuelta al hilo. El abogado no estaría cobrando dos veces por el mismo trabajo. Más bien, el estudio -o patronal- se quiere quedar con los honorarios del letrado, que son su exclusivo derecho y están a cargo de la otra parte. Lo que se sustituye con el sueldo, es el honorario en concepto de cuota litis. Pero nadie, nadie, puede quedarse con los honorarios que fueran a cargo de la otra parte,porque son inalienables del abogado. Si éste renuncia a cobrarlos, los puede ejecutar la caja. Paguen lo que corresponde al abogado, y si éste se gana sus honorarios a cargo de la otra parte, QUE LOS DISFRUTE. MÁS AÚN, LA PERCEPCIÓN DE DICHOS HONORARIOS, SERÁN UN IMPORTANTÍSIMO ALICIENTE PARA QUE SU ABOGADO GANE SUS JUICIOS. CASO CONTRARIO: ¿LA EMPRESA O ESTUDIO ESTARÁ DISPUESTO A PAGAR LOS HONORARIOS REGULADOS EN LOS JUICIOS EN QUE SE LE IMPONGAN COSTAS?
Im - pe - ca - ble

y un claro ejemplo de defensa de la profesión. Mis absolutas felicitaciones
 #829065  por elestudiojuridico
 
Hola
UY!!! que paranoicos estan algunos!
¿quien hablo de una patronal??? ni de que alguien se quiera quedar con los honorarios del letrado?? No se vayan del tema!
El tema aca es "no cobrar dos veces por lo mismo". Es mas, hasta la pregunta apunta al sentido contrario, a un abogado que pretende cobrar un sueldo en relacion de dependencia por trabajar una cartera de casos, y cobrar tambien los honorarios regulados por ese trabajo a su mismo cliente- empleador!
nadie hablo de los honorarios que esten a cargo de la otra parte!

La pregunta se basa en la relacion empleador - abogado, y nadie mas.
Como es que se implementa que el abogado no quiera cobrar ademas de su sueldo los honorarios del juicio.
Si el empleador lo contrata de forma externa, se le regularan honorarios a su cargo, que los deberia abonar como si fuese un cliente cualquiera.
En el caso se le abona un sueldo y trabaja en relacion de dependencia. En el expediente se regula honorarios como en cualquier caso para el letrado a cargo de la misma parte. Pero su cliente ya le paga un sueldo por hacer ese trabajo.

Es relacion de dependencia de un profesional. Bien o mal, es una realidad que los profesionales trabajan en relacion de dependencia. Pero esto no le da derecho a cobrar dos veces por el trabajo a su mismo cliente/empleador.