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  • Plazo para contestar segundo traslado.

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #821504  por luci
 
Hola a todos! Es mi primer demanda laboral porun despido en Provincia.
Aclaro para los que no litigan en Provincia de Buenos Aires, que aquí tenemos lo que se llama segundo traslado de contestación de la demanda. El plazo para que el actor conteste,según la Ley de Procedimiento Laboral es por 5 días.
La duda es: si el expediente está a despacho me corren los 5 días? O no? Por qué mi razonamiento es el siguiente: si no he podido ver qué contestó el demandado, cómo puedo yo contestar ese segundo traslado.
Por supuesto que estoy muy atenta a que el expediente vuelvaa estar en letra, Muchas gracias como siempre, saludos!
 #821558  por eltam88
 
Es notif por cedula o personalmente, cuando deje de estar a despacho anda a notificarte.
 #822127  por luci
 
hola andresxeneizes, te digo que tuve que constituir domicilio en un casillero y hasta el viernes, no llegó nada allí.
Por otro lado, pregunto: mañana martes, día de nota, me presento aunque esté el expte a despacho y dejo nota, les parece? Por las dudas...
 #822148  por eltam88
 
luci escribió:hola andresxeneizes, te digo que tuve que constituir domicilio en un casillero y hasta el viernes, no llegó nada allí.
Por otro lado, pregunto: mañana martes, día de nota, me presento aunque esté el expte a despacho y dejo nota, les parece? Por las dudas...
Deja de complicarla, se notif personalmente o por cédula, notificate personalmente cuando deje de estar a despacho.
 #822154  por MORGAN
 
el abogado va y espía que hay, lo más importante es ver si acompañaron documental que tengas que desconocer o no. tomás nota y esperás que te notifiquen por cédula el traslado ó acompañas la cédula, para el caso de que vos las hayas diligenciado y en el mismo escrito te notificás del traslado y lo contestás espontánemaente, todo eso en 2 renglones. ratificas la demanda y rechazás la contestación.
 #822452  por andresxeneizes
 
coincido con los colegas, no es obligacion que vayas a notificarte ya que te van a notificar por cedula, pero nada te impide ir a espiar la contestacion antes de que te llegue la cedula
 #822496  por eltam88
 
Como dicen los colegas, yo trato casi siempre de ir a notificarme, eso para acelerar los trámites, pero va en cada uno y según como andes con los tiempos. Si no queres notificarte espera que llegue la cédula, en donde litigo esto puede tardar mucho por ello voy a notificarme.