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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #789318  por ANGIE79
 
Hola tengo que contestar mi primer demanda laboral, voy por la demandada.
El caso es el siguiente: es un caso de servicio domestico en el 2005 firmaron un contrato de trabajo que no esta sellado ni nada, donde se establecia el comienzo de la relacion laboral, de ahi en mas se comenzo a pagar los form 102.voy por la demandada. la actora hizo abandono de trabajo, y un dia envio telegrama intimando a que le regularice la situación de empleo no registrado, debido a que ella alega que la fecha de ingreso fue en 1998 (lo cual no es asi) y esta registrada desde el 2005
se realizaron los intercambios telegráficos, sin llegar a una acuerdo.- Se realizaron las audiencia en la sria de trabajo y no llegamos a un acuerdo.Ahora inicia demanda laboral.-

como prueba ademas de testigos y confesional, podria ofrecer pericial caligarfica para que reconozca la firma del contrato?
y otra pregunta, cual es el plazo de prescripcion para el reclamo de aportes en en servicio deméstico?
en cuanto a la contestacion de la demanda, debo contestar y ofrecer toda la prueba?
gracias, angie
 #789461  por virginipa
 
Hola, en cuanto a lo procesal, con la contestación se debe ofrecer la documental y absolución; el resto (testimonial, informativa, etc) la podes ofrecer en la audiencia del art. 51 donde acompañas la minuta de prueba.-
En cuanto a los argumentos por el fondo de la cuestión recordá que el trabajo doméstico se rige por el estatuto, excluyéndose la ley de contrato de trabajo y la ley 24.013 y 25323, por lo que el reclamo por multas rechazalo por improcedente.-
No me queda en claro cuando te referis al contrato? la fecha del contrato coincide exactamente con la inscripción de la relación?
 #789532  por ANGIE79
 
Gracias virginia por responder.
Si la fecha del contrato coincide con la registracion, (se hizo todo con un estudio contable) se firmo el contato y se procedio a la registracion....ahora la intima a que regualarice la situacion anterior desde 1998 (lo cual no es asi). Igualmente, mas alla de que no es cierto, no estaría prescripto este periodo?

gracias por la respuesta, saludos angie
 #789536  por eltam88
 
Vos contesta conforme a la realidad de los hechos, el deberá probar tales alegaciones, lo cual no le será facil.
No esta prescripto reclamar tal registración, lo que estaría precripto es si pretende dif salarial de ese período, o alguna que otro rubro.
 #789587  por ANGIE79
 
gracias eltam por la aclaracion de la prescipción.
En la demanda reclama solo dos años de indemnizacion , pero reclama por la ley 24.013 (art 15) y art 2 de la 25323, y 43,45 de la ley 25345 y art 80 de la 24.241... tenia entendido que ninguna de estas leyes se aplicaban al serv. domestico????

gracias, saludos
 #789591  por eltam88
 
ANGIE79 escribió:gracias eltam por la aclaracion de la prescipción.
En la demanda reclama solo dos años de indemnizacion , pero reclama por la ley 24.013 (art 15) y art 2 de la 25323, y 43,45 de la ley 25345 y art 80 de la 24.241... tenia entendido que ninguna de estas leyes se aplicaban al serv. domestico????

gracias, saludos
Lo que reclama no va nada.
 #789593  por eltam88
 
ANGIE79 escribió:gracias eltam! saludos
De nada Angie 79
 #819052  por sergiosky
 
esas leyes no se aplican al personal domestico pero ahora me genera la duda de como se lo obliga al empleador a ingresar los aportes, multas no tiene... ok... pero me imagino que los aportes debe ingresarlos, que pasa si no lo hace?