Hola como les va? me llega una demanda urgente laboral a pasitos de prescribir y presento una demanda al solo efecto de interrumpir la prescripción a la cual despachan. "Hágase saber el Juez que va a conocer. NOTIFIQUESE. Tiénese por interpuesta la presente demanda al solo fin de interrumpir la prescripción. NOTIFIQUESE. Agregada que sea la cédula, con citación fiscal archívese.-" A mi en fuero civil me han intimado a ampliarla, no por interrumpida la prescripción y archivo. Mi pregunta es la siguiente porque se me planteo la duda comienzo a contar los plazos desde cero o, para interponer la demanda principal? mi duda estaba en esta demanda al solo efecto interrumpio o suspendio gracias y saludos.
PD: Esto es capital y tampoco daba por hecho que iba a tener que volver a sortear es la primera vez que me toca algo asi en un laboral agradezco cualquier aporte
PD: Esto es capital y tampoco daba por hecho que iba a tener que volver a sortear es la primera vez que me toca algo asi en un laboral agradezco cualquier aporte
