HOLA foristas, les cuento brevemente el caso para ver si alguien me aclara un poquito.
Mi cliente tuvo accidente in itinere, la ART le da el 13% de incap permanente. El medico legista dice q corresponde el 33% . Estamos esperando q la Comision Medica se expida al respecto. Mi idea es llevar a la ART al seclo y alli plantear la inconstitucionalidad de los art 1, 14,39 de LRT para despues acceder a la via civil. Mi duda es será viable plantear la responsabilidad del art 1113 del CC aun cuando se trate de un accidente in itiner?? porque de no ser asi deberia tratar de conseguir la reparacion integral en el seclo...
Mi cliente tuvo accidente in itinere, la ART le da el 13% de incap permanente. El medico legista dice q corresponde el 33% . Estamos esperando q la Comision Medica se expida al respecto. Mi idea es llevar a la ART al seclo y alli plantear la inconstitucionalidad de los art 1, 14,39 de LRT para despues acceder a la via civil. Mi duda es será viable plantear la responsabilidad del art 1113 del CC aun cuando se trate de un accidente in itiner?? porque de no ser asi deberia tratar de conseguir la reparacion integral en el seclo...
