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  • Testimonial: el abogado llamo por el tel al testigo

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #813376  por Sil
 
Buenos dias a todos! En un caso laboral que estoy llevando durante una audiencia testimonial, al preguntarsele al testigo por la forma en que tomo conocimiento de la audiencia (ya que la cedula habia sido devuelta por inexistencia del domicilio denunciado) el testigo contesto que lo llamo el abogado. Obviamente voy a hacer uso de aquella manifestacion en la impugnacion del testimonio por su parcialidad y porque claramente se trata de un testigo preparado por la otra parte para declarar, tal es asi que la misma testigo refiere que mantuvo conversaciones con el abogado de la demandada, etc, etc. Mi duda aqui es la siguiente: para ponerle mas enfasis al asunto del llamado del abogado al testigo, puedo solicitar que se notifique al colegio de abogados sobre esta situacion, aunque finalmente no haga nada de eso, pero para aprovechar esta situacion y que no pase desapercibida para el juzgado al momento de sentenciar???? Imagino que habra alguna norma que impida al abogado una actitud como esta, busque en el codigo de etica pero no lo puedo encontrar, alguien tiene conocimiento de algun articulo que pueda citar para darle fuerza a mi posicion???
Desde ya agradezco infinitamente cualquier sugerencia,
Sil
 #813406  por agentil
 
Sil escribió:Buenos dias a todos! En un caso laboral que estoy llevando durante una audiencia testimonial, al preguntarsele al testigo por la forma en que tomo conocimiento de la audiencia (ya que la cedula habia sido devuelta por inexistencia del domicilio denunciado) el testigo contesto que lo llamo el abogado. Obviamente voy a hacer uso de aquella manifestacion en la impugnacion del testimonio por su parcialidad y porque claramente se trata de un testigo preparado por la otra parte para declarar, tal es asi que la misma testigo refiere que mantuvo conversaciones con el abogado de la demandada, etc, etc. Mi duda aqui es la siguiente: para ponerle mas enfasis al asunto del llamado del abogado al testigo, puedo solicitar que se notifique al colegio de abogados sobre esta situacion, aunque finalmente no haga nada de eso, pero para aprovechar esta situacion y que no pase desapercibida para el juzgado al momento de sentenciar???? Imagino que habra alguna norma que impida al abogado una actitud como esta, busque en el codigo de etica pero no lo puedo encontrar, alguien tiene conocimiento de algun articulo que pueda citar para darle fuerza a mi posicion???
Desde ya agradezco infinitamente cualquier sugerencia,
Sil
No entendi. Todos los abogados tenemos contacto con los testigos antes de declarar. O me perdi de algo????
No veo falta alguna.
saludos!!
 #813421  por Sil
 
En la practica un abogado puede facticamente tener contacto con el testigo, pero como "guionar" una declaracion es un acto reñido con la etica, generalmente se pone especial cuidado en advertir al testigo que ante la pregunta debe decir que no conoce al abogado, que nunca lo vio ni hablo con el, de lo contrario queda servida la impugnacion respecto de que su testimonio fue preparado... Desconozco - porque por mas que busque no lo pude encontrar en esos terminos-, pero entiendo que debe haber alguna referencia normativa impidiendo un comportamiento como ese por parte del letrado, al menos eso me enseñaron en su momento... O estoy equivocada? que opina el resto???
Desde ya muchas gracais por sus respuestas.
 #813425  por EstebanM7
 
yo no hincharia tanto con los testigos en ningu lado dice que el abogado no puede hablar con el testigo. Espero que algun dia la practica de los fueros comerciales de cap. se extienda a todo. Abogados poniendose de acuerdo para hacer las audiencias testimoniales en el estudio de alguno.

De todos modos para el conocimiento de aquellos que no lo saben. Las cias. de Seguros de los colectivos, si no recuerdo mas son 6, tienen una base de datos de testigos que todas comparten. Sobretodo de los testigos de los bolseros mas conocidos de cada jurisdiccion.

Como lo se? trabaje 4 años en un estudio cuyos clientes eran cias de seg y empresas de colectivos.
 #813489  por hexametro
 
Sil escribió:En la practica un abogado puede facticamente tener contacto con el testigo, pero como "guionar" una declaracion es un acto reñido con la etica, generalmente se pone especial cuidado en advertir al testigo que ante la pregunta debe decir que no conoce al abogado, que nunca lo vio ni hablo con el, de lo contrario queda servida la impugnacion respecto de que su testimonio fue preparado... Desconozco - porque por mas que busque no lo pude encontrar en esos terminos-, pero entiendo que debe haber alguna referencia normativa impidiendo un comportamiento como ese por parte del letrado, al menos eso me enseñaron en su momento... O estoy equivocada? que opina el resto???
Desde ya muchas gracais por sus respuestas.
No hay nada para denunciar.

Art. 89 LO: (...) Los testigos que no comparecieren sin justa causa serán conducidos por medio de la fuerza pública, salvo que la parte que los propuso se comprometiere a hacerlos comparecer o a desistirlos en caso de inasistencia. La denuncia de un domicilio falso o inexistente por segunda vez obligará a la parte que propuso al testigo a asumir el compromiso de hacerlo comparecer o a desistirlo en caso contrario.

La misma ley pone en cabeza de la parte la comunicación al testigo, y va de suyo que el abogado, principal auxiliar en la conducción del proceso, se encargue de notificarlo telefónicamente o como fuera. Y va de suyo, también, que en esa oportunidad se puede hablar de los términos de la declaración, ya sea porque el testigo pregunte o porque el abogado sea pedagógico.

Por lo que vos decís, no fue una declaración guionada. Y lo demás es práctica habitual, conocida y hasta implícitamente presente en la ley.
 #813526  por Sil
 
No Hexametro, esta sí fue una declaracion totalmente guionada, todo lo que dijeron es absolutamente mentira, de hecho los testigos que presento la demandada son socios de los demandados en otras sociedades o empleados actuales de aquel.
 #813545  por MORGAN
 
nada impide que el abogado tenga contacto con los testigos antes de que declaren. si surge de la declaración que fue ilustrado por el profesional ó un tercero ahí podés impugnar la misma. es tarea tuya acreditar que el testimonio es falaz. tenés que trabajar en el interrogatorio y en estudiar los antecedentes del testigo.
 #813569  por LUROLET
 
Coincido con MORGAN: Deberías acreditar la parcialidad y vínculo de la contraria con los testigos, y, si los tener impugnar la declaración.
En gral cuando el testigo está preparado va con un "cassettito" cargado y empieza a declarar y no para y lo cierto es que el testigo tiene que limitarse a contestar cada pregunta es ahí cuando tenes que intervenir en el curso de la audiencia: pedir que el testigo se retire pedirle al audienciasta que le diga que se limite a contestar lo que se le pregunta y cuando uno activa todas estas cuestiones en la audiencia el testigo preparado empieza a ponerse nervioso....
slds.
 #813689  por hexametro
 
Sil escribió:No Hexametro, esta sí fue una declaracion totalmente guionada, todo lo que dijeron es absolutamente mentira, de hecho los testigos que presento la demandada son socios de los demandados en otras sociedades o empleados actuales de aquel.
Pero estamos mezclando las cosas. Guionar una declaración no tiene relación con llamar a un testigo por teléfono. En todo caso disiento concretamente con lo de: "generalmente se pone especial cuidado en advertir al testigo que ante la pregunta debe decir que no conoce al abogado, que nunca lo vio ni hablo con el,"

Estás pidiendo de alguna manera hacer eso que condenás: que el testigo mienta. Y en este caso, innecesariamente.

Saludos
 #813878  por matias256
 
Hola, tranquilamente lo podés utilizar para impugnar al testigo. El abogado no tiene que tener ningún contacto con el testigo, al menos a vista del abogado de la parte contraria y menos aún que un testigo diga que lo llamó el abogado. Se supone que los testigos tienen relación con el actor (o demandado) por lo que el que los tiene que llamar y asegurarse de que venga es la parte que lo propuso. O en todo caso que la otra parte no se entere que el abogado llama a los testigos.
Por eso en las audiencias siempre trato de estar alejados de los testigos. Todo lo que haya que hablar se habla antes.
 #813926  por hexametro
 
matias256 escribió:Hola, tranquilamente lo podés utilizar para impugnar al testigo. El abogado no tiene que tener ningún contacto con el testigo, al menos a vista del abogado de la parte contraria y menos aún que un testigo diga que lo llamó el abogado. Se supone que los testigos tienen relación con el actor (o demandado) por lo que el que los tiene que llamar y asegurarse de que venga es la parte que lo propuso. O en todo caso que la otra parte no se entere que el abogado llama a los testigos.
Por eso en las audiencias siempre trato de estar alejados de los testigos. Todo lo que haya que hablar se habla antes.
"que la otra parte no se entere que el abogado llama a los testigos."

Mi opinión: esas ficciones son absurdas. Cualquier audiencista le pregutnará al abogado qué pasa con los testigos. Concretamente un testigo se impugna por la inconsistencia de sus dichos. Y no por sus relaciones sociales. Y menos en derecho laboral. Bienvenida jurisprudencia que diga lo contrario sino.

Saludos.
 #813949  por matias256
 
hexametro escribió:
matias256 escribió:Hola, tranquilamente lo podés utilizar para impugnar al testigo. El abogado no tiene que tener ningún contacto con el testigo, al menos a vista del abogado de la parte contraria y menos aún que un testigo diga que lo llamó el abogado. Se supone que los testigos tienen relación con el actor (o demandado) por lo que el que los tiene que llamar y asegurarse de que venga es la parte que lo propuso. O en todo caso que la otra parte no se entere que el abogado llama a los testigos.
Por eso en las audiencias siempre trato de estar alejados de los testigos. Todo lo que haya que hablar se habla antes.
"que la otra parte no se entere que el abogado llama a los testigos."

Mi opinión: esas ficciones son absurdas. Cualquier audiencista le pregutnará al abogado qué pasa con los testigos. Concretamente un testigo se impugna por la inconsistencia de sus dichos. Y no por sus relaciones sociales. Y menos en derecho laboral. Bienvenida jurisprudencia que diga lo contrario sino.

Saludos.
Encontrar jurisprudencia sobre la idoneidad de los testigos es medio díficil, en todo caso el juez valorará el testimonio teniendo en cuenta que admitió que el "abogado lo llamó para la audiencia". Insisto el abogado no tiene porque llamar a los testigos, y si lo llamó tiene que tratar que el testigo no lo cuente mientras presta testimonio. Es básico. Como que en vez de decir "amigo" diga "compañero", son detalles, que si bien a la hora de la sentencia no sé si el juez los tiene en cuenta, trato de no dejarlos pasar. Al menos para no darle letra al abogado de la otra parte.
Yo con el "abogado me llamó" me estoy relamiendo para impugnarlo. Ahora si a la hora de la setencia lo tienen en cuenta, eso es problema del juez.
Y disculpame, pero en derecho laboral tambien están las "generales de la ley", por lo tanto un testigo puede ser impugnado por sus "relaciones sociales", por ejemplo: si es amigo, si es enemigo, si le está haciendo juicio por su parte al mismo empleador, etc.
Saludos.
 #813983  por Sil
 
Matias me entendiste perfectamente. A eso me referia, todos los abogados hablan generalmente con los testigos, pero para evitar que impugnen el testimonio diciendo que "el testigo reconocio haber tenido contacto previo a la audiencia con el abogado" siempre se le recuerda al testigo que si le preguntan nunca vio o hablo con el abogado con anterioridad a la audiencia. Agradezco muchisimo todos los comentarios, queria confirmar mi duda, mas alla de que no haya nada escrito respecto del contacto con los testigos, me voy a agarrar de esa patinada para probar que le guionaron la declaracion sumado a las impresiciones del relato.
Mil gracias!
 #813984  por hexametro
 
matias256 escribió: Encontrar jurisprudencia sobre la idoneidad de los testigos es medio díficil, en todo caso el juez valorará el testimonio teniendo en cuenta que admitió que el "abogado lo llamó para la audiencia". Insisto el abogado no tiene porque llamar a los testigos, y si lo llamó tiene que tratar que el testigo no lo cuente mientras presta testimonio. Es básico. Como que en vez de decir "amigo" diga "compañero", son detalles, que si bien a la hora de la sentencia no sé si el juez los tiene en cuenta, trato de no dejarlos pasar. Al menos para no darle letra al abogado de la otra parte.
Yo con el "abogado me llamó" me estoy relamiendo para impugnarlo. Ahora si a la hora de la setencia lo tienen en cuenta, eso es problema del juez.
Y disculpame, pero en derecho laboral tambien están las "generales de la ley", por lo tanto un testigo puede ser impugnado por sus "relaciones sociales", por ejemplo: si es amigo, si es enemigo, si le está haciendo juicio por su parte al mismo empleador, etc.
Saludos.
Yo recojo el guante. Por ahí tengo algunos sumarios sobre idoneidad de testigos de la CNAT. Y casualmente son explícitos en diluir al máximo esas generales de la ley. Prometo postearlo acá mismo.

Impugnar se puede siempre. Así como hay negadores sistemáticos hay impugnadores sitemáticos. El punto creo que es reflexionar sobre la razonabilidad -e (im)procedencia- de una impugnación en esos términos. Personalmente creo que sostener que hay que tratar de ocultar trato entre testigo y abogado es de un purismo absurdo; sería como pedir nulidad de una audiencia 360 u 80 porque no la tomó el juez. Poder lo que se dice poder... siempre se puede.

Adelante con la impugnación. Cuando tengas la sentencia en mano contanos.
Por suerte no soy ansioso.

ABrazo!
 #814376  por Sil
 
Esperemos que salga dentro de este año la bendita sentencia y los tengo al tanto de la suerte corrida... jaja! Gracias a todos por su intervencion en este post!