Hola a todos, tengo iniciado un juicio por desalojo, se corrió traslado, el demandado no se notificó por cédula (vino informada porque no había nadie), pero se enteró del juicio por el mandamiento de constatación.
El tema es el siguiente. El juzgado lo tiene por presentado, por parte y por constituido el domicilio, pero no le tiene por contestada la demanda en tiempo y forma, supeditando ello a que sea devuelta la cédula de traslado. La cédula esa no se notificó, y la demandada se notifica en la contestación. Ahora bien, en el auto que provee la contestación de la demanda, el juez no le hace lugar a una excepción de prescripción adquisitiva que opone, por lo cual la demandada apela, y el juez le concede el recurso en relación.
Si no le tuvo por contestada la demanda, ¿le podía otorgar el recurso de apelación? ¿Qué puedo hacer? A mí lo que se me ocurre es pedir revocatoria del auto que concede el recurso, con apelación en subsidio, ¿les parece?
Esto me vence el miércoles, yo me enteré hoy.
Espero que me puedan ayudar prontito!!!
Gracias
El tema es el siguiente. El juzgado lo tiene por presentado, por parte y por constituido el domicilio, pero no le tiene por contestada la demanda en tiempo y forma, supeditando ello a que sea devuelta la cédula de traslado. La cédula esa no se notificó, y la demandada se notifica en la contestación. Ahora bien, en el auto que provee la contestación de la demanda, el juez no le hace lugar a una excepción de prescripción adquisitiva que opone, por lo cual la demandada apela, y el juez le concede el recurso en relación.
Si no le tuvo por contestada la demanda, ¿le podía otorgar el recurso de apelación? ¿Qué puedo hacer? A mí lo que se me ocurre es pedir revocatoria del auto que concede el recurso, con apelación en subsidio, ¿les parece?
Esto me vence el miércoles, yo me enteré hoy.
Espero que me puedan ayudar prontito!!!
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La ley es la razón desprovista de pasión. (Aristóteles)
