Hola amigos !
tengo designada audiencia solamente para alegar sobr e el merito de la prueba.
en la causa solo hay documental y una pericia medica.
La audiencia ya me la notificaron.
lay ley 11653 en su art 32 dice:
Si no se hubiese ofrecido prueba oral o por cualquier otro motivo no fuera necesario recibir la misma, una vez producida la ordenada o vencido el plazo para hacerlo, el Presidente del Tribunal dentro de los diez (10) días concederá traslado a las partes para que en el plazo de cinco (5) días informe por escrito sobre el mérito de la prueba. Presentados los alegatos o vencido el término para hacerlo, sin más trámite sé dictar veredicto y sentencia en los plazos establecidos en el artículo 44, incido d) y e).
Sera viable si pido la suspension de la audiencia y pedir se alegue por escrito¨?
Quisiera adelantar pasos ya que la audiencia es para mitad de año.
Muchas gracias por la ayuda que puedan brindarme!!
tengo designada audiencia solamente para alegar sobr e el merito de la prueba.
en la causa solo hay documental y una pericia medica.
La audiencia ya me la notificaron.
lay ley 11653 en su art 32 dice:
Si no se hubiese ofrecido prueba oral o por cualquier otro motivo no fuera necesario recibir la misma, una vez producida la ordenada o vencido el plazo para hacerlo, el Presidente del Tribunal dentro de los diez (10) días concederá traslado a las partes para que en el plazo de cinco (5) días informe por escrito sobre el mérito de la prueba. Presentados los alegatos o vencido el término para hacerlo, sin más trámite sé dictar veredicto y sentencia en los plazos establecidos en el artículo 44, incido d) y e).
Sera viable si pido la suspension de la audiencia y pedir se alegue por escrito¨?
Quisiera adelantar pasos ya que la audiencia es para mitad de año.
Muchas gracias por la ayuda que puedan brindarme!!
