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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #805655  por Romina34
 
Estimados colegas, tengo una pequeña duda, recibí una consulta de una sra. que tuvo un bebé hace 6 meses. Se tomó la licencia y excedencia de 3 meses, y al término de la misma, renunció. Consulta porque entiende que le corresponde el 25% de indemnización.

Yo entiendo que la compensación/indemnizacion (según cada caso) del 25% de la antiguedad procede en 2 oportunidades:
1.- Cuando habiendo dado a luz, no se toma los 3 meses de excedencia y culmina por propia voluntad su rel laboral.- (opcion del art. 183)

2.- Cuando, habiendo gozado de los 3 meses y comunicado la intencion de reincorporarse, si no fuese admitida por el empleador por motivos que demuestre la imposibilidad de reincorporarla.- (art. 184)

O sea que entiendo que habiendo optado por la excedencia, ahora no le correspondería ni la compensanción de servicios que menciona el art. 183, ni la indemnización prevista en el art. 184.

Ya que las opciones del art. 183 no son acumulables, correcto?

Desde ya muchas gracias.
Saludosm
 #806622  por aguchi
 
Yo entiendo lo mismo que vos, cuando finaliza la licencia se le abren 3 caminos: volver, quedar en excedencia o pedir la compensación.
Una vez optada la excedencia no puede volver hacia atrás.
Es mi opinión.
Saludos!
 #807207  por Romina34
 
Gracias!! x lo que segui leyendo confirme que es asi, y asi respondí la consulta.
Saludos!